Revisión de sentencia firme. El llamamiento a los interesados en los procesos de impugnación de resoluciones del Registro Civil
Revisión de sentencia firme. Maquinación fraudulenta. El llamamiento a los interesados en los procesos de impugnación de resoluciones del Registro Civil. La demanda de revisión se fundamenta en la obtención injusta de la sentencia firme por maquinación fraudulenta, que habría consistido en la ocultación en la demanda de impugnación de la resolución de la DGRN, de la comparecencia de la ahora demandante, como interesada en el expediente de inscripción del matrimonio en el Registro Civil. El art. 362 del Reglamento del Registro Civil no establece un procedimiento específico para la impugnación judicial de las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado en materia de registro civil, sino que únicamente admite la posibilidad de que las resoluciones dictadas por la DGRN puedan ser impugnadas ante «la vía judicial ordinaria». Cuando se tramitó el procedimiento no tenía que aportarse al juzgado el expediente del Registro Civil y solamente tendría constancia del mismo si lo aportara como documento una de las partes, la única forma de que el órgano judicial pudiera conocer la existencia de terceros interesados en el proceso (en el sentido de posibles afectados por la resolución que se dicte) sería que así se lo manifestara la parte demandante. En el presente caso, la actora, ahora demandada en revisión, no hizo mención en ningún momento a la existencia de una hermana de la persona con la que había contraído el matrimonio cuya inscripción pretendía, que podía resultar afectada en sus derechos hereditarios si ese matrimonio quedaba inscrito en España, habida cuenta que el contrayente falleció sin descendientes ni ascendientes y que dicha hermana había sido designada heredera universal en un testamento previo. Se da la circunstancia, además, de que la esposa conocía perfectamente que la ahora demandante había sido designada heredera testamentaria por su hermano, porque había mantenido disputas hereditarias con ella. La maquinación fraudulenta consiste en una actuación maliciosa que comporte el aprovechamiento deliberado de una determinada situación, llevada a cabo por el litigante vencedor, mediante actos procesales voluntarios que ocasionan indefensión. En los procesos que afectan al estado civil deben traerse al juicio a las personas que puedan resultar afectadas por la modificación pretendida, como es el caso de los herederos. En contra de lo mantenido por la demandada de revisión, la validez del matrimonio no afecta únicamente a los contrayentes, puesto que en casos como el presente, en que uno de ellos fallece, el otro puede tener unos derechos sucesorios, en concurrencia con otras personas, cuya procedencia depende de dicha validez, lo que también afecta a los terceros interesados en la herencia. En consecuencia, se estima la demanda de revisión.
(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 20 de abril de 2018, rec. 64/2017)