Control causal, soluciones de equidad y exigencia de la responsabilidad civil
La eficacia jurídica requiere un despliegue de los instrumentos articulados por el legislador o extraídos de los argumentos de justicia latentes en el ordenamiento para servir a su mayor significación jurídica. Al tiempo, esta proyección no cabe construirla ex novo, sino a partir de una fundamentación que se encuentra, en gran medida, en el texto codificado. La vitalidad y actualidad del Código Civil, armonizadas con los referentes constitucionales, ofrecen las bases para apreciar la lógica y coherencia del derecho, que hoy se debe mostrar en su mejor versión para alcanzar soluciones de justicia material con un catálogo de recursos, radicados en el control causal y la ponderación de la equidad, de un lado; y, de otro lado, en la objetivación de la culpa y en el efecto sancionador, para explicar la medida de exigencia de la responsabilidad civil. El presente estudio relaciona y explica un cuadro de medidas que sirven, por una parte, al aseguramiento y al agravamiento de la responsabilidad; y, por otra parte, para su dulcificación o excusa. Se distinguen así instrumentos como el ius retentionis, la responsabilidad por riesgo, el efecto sancionador añadido al de la reparación, el control causal frente a la abusividad y la posibilidad de aplicación de la cláusula rebus sic stantibus.
Palabras claves: control causal; equidad; responsabilidad civil; punitives damages; objetivación de la culpa; ius retentionis; cláusula rebus.
Francisco de la Torre Olid
Doctor en Derecho Civil
Profesor contratado doctor.
ESIC Business & Marketing School (España)
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 275 (diciembre 2023)