La mediación. Razonamiento jurídico para impulsar su aplicación práctica
Urgidos por impulsar la mediación, al igual que lo está el legislador, contribuimos con la tarea normativa según un modelo ajustado al plan de sistematización ofrecido en el sumario, a fin de dar luz a un proceso gradual que va desde los fundamentos a la razón que, en coherencia con los principios informadores, debe latir en la solución positiva. Se hace necesario colaborar en la concienciación para consolidar este instrumento que, inicialmente, se planteó como alternativo y ya es acogido como complementario y cooperativo de la Administración de Justicia, al tiempo que va ganando impulso en su ámbito de aplicación.
Ponemos el acento en la enumeración de un cuadro amplio de principios que está justificada porque su amplitud y significación jurídica multiplica los valores inspiradores y los argumentos de justicia para implantar la mediación, entendiendo que, a partir de esos pilares, se pueda desarrollar un Derecho con mayores garantías de aplicación y grado de eficacia.
Hasta ahora han faltado referentes para enraizar la mediación por lo que, implicados en la tarea de impulso, se aportan razones para hacer inexcusable su invocación.
Palabras claves: resolución alternativa de conflictos (RAC); mediación; principios rectores; autonomía privada; institucionalización.
Francisco de la Torre Olid
Profesor de Derecho Civil.
Universidad Isabel I
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 225 (octubre 2019)