Se reforma el Reglamento de Justicia Gratuita
El Real Decreto 586/2022, de 19 de julio, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, aprobado por el Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, ha aparecido publicado en el BOE de 8 de septiembre y su entrada en vigor está prevista el 28 del mismo mes.
El origen de esta reforma hay que buscarlo en una queja elevada al Defensor del Pueblo por una federación de asociaciones de mujeres, que se tradujo en la recomendación efectuada por aquel al Ministerio de Justicia en octubre de 2021. Tal recomendación consistía en que la asistencia y representación a las víctimas de violencia de género debería llevarse a cabo por abogados y procuradores de los turnos de oficio especializados en esta área que carezcan de antecedentes penales en violencia de género, dado que la prestación de un servicio público de justicia gratuita especializado y de calidad responde, en primer lugar, a la existencia de una relación de respeto mutuo y confianza entre quien ejerce la representación y defensa legal y el beneficiario de justicia gratuita.
Para alcanzar esto se debe requerir un plus de exigencia a los profesionales que prestan servicios de asistencia jurídica gratuita a víctimas de violencia de género con fundamento en las especificidades que éstas presentan, coherente con la vigente voluntad del legislador, quien ya otorga un tratamiento especialmente beneficioso a las víctimas de violencia de género, a los efectos del reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
La existencia de otras víctimas especialmente vulnerables a las que, con base en las razones expuestas, también resulta necesario garantizar ese plus de confianza recíproca entre quienes ejercen la defensa legal y el beneficiario de justicia gratuita, permite extender este nuevo requisito, consistente en no contar con antecedentes penales por delitos de similar naturaleza y respecto de víctimas especialmente vulnerables, se extiende a las víctimas del terrorismo y de trata de seres humanos, víctimas menores de edad o con discapacidad.