Convocada la prueba para el acceso a la profesión de la Procura

El BOE del sábado 22 de junio publica la Orden PJC/621/2024, de 19 de junio, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Procura para el año 2024.

La convocatoria se rige por el derogado Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, de conformidad con la disposición transitoria segunda del Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, según la cual, las pruebas de evaluación ya convocadas y las correspondientes a los cursos académicos 2022-2023 se celebrarán con arreglo al referido Real Decreto 775/2011.

El anejo de esta orden contiene la convocatoria, que no contiene limitación alguna en el número de plazas y, además de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», también se hará en el portal web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/acceso-profesion-procurador), así como en la página web del Consejo General de la Procuradores de España.

La participación en la prueba de evaluación, que se realizará en castellano, será gratuita y no devengará derechos de examen.

Para poder concurrir a la evaluación será necesario:

  • Estar en posesión del correspondiente título de licenciatura o grado en Derecho, otro título universitario de grado equivalente o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias. Las titulaciones obtenidas en el extranjero necesitarán estar debidamente convalidadas. Este requisito debe cumplirse con anterioridad a la admisión al curso de formación especializada para el acceso a la profesión de la Procura.
  • Haber superado, a la fecha en que se realice la prueba, los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de la Procura o actividades formativas para el acceso a esa profesión y a la Abogacía, además del período de prácticas externas tuteladas.
  • Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de la Procura, requisito que deberá cumplirse a la fecha en la que se realice la prueba

La Orden detalla asimismo el plazo y forma de presentación de las solicitudes de inscripción, la documentación, el acceso a personas con discapacidad, la admisión de aspirantes, la comisión evaluadora, las actuaciones previas a la prueba, así como el desarrollo de la misma, incluyendo los posibles problemas de conexión, los resultados y la calificación, el aporte documental, expedición de títulos y recursos y, finalmente, un programa de materias a modo de descripción orientativa de los contenidos.