Profesor condenado por copiar el trabajo de investigación de doctorado de un alumno. Propiedad intelectual. Obras literarias y científicas
Propiedad intelectual. Obras literarias y científicas.
Confirmado la condena al profesor titular de Historia del Derecho en la Universidad de Burgos a pagar una indemnización de 3.000 euros por daño moral a un alumno de doctorado al considerar acreditado que copió literalmente en dos publicaciones suyas epígrafes del trabajo de investigación.
Cualquier texto escrito no goza por sí solo de originalidad, ya que se exige un mínimo de creatividad intelectual, pero “esa exigencia de creatividad no justifica que, en un ámbito como el del presente recurso (estudios de Historia del Derecho), se asocie con el juicio que sobre la originalidad de las ideas expuestas pudieran hacer los conocedores de la materia, sino con la forma en que son expuestas. De tal modo que, al margen de que lo revelado en los epigrafes copiados y reproducidos por el demandado en su libro pudiera ser ya conocido, lo verdaderamente relevante es que, sin perjuicio de las pertinentes citas de las fuentes de las que se tomó este conocimiento, la forma en que se expuso difería de lo ya existente y no constituía un lugar común; es decir, no cabe escudarse en que las ideas transmitidas constituían un conocimiento común para negar originalidad a la obra parcialmente reproducida y el plagio se verifica con la reproducción literal del texto.
El trabajo de investigación, que fue publicado en el repositorio de la biblioteca de la Universidad de Burgos, “tendría la consideración de obra literaria científica”, dentro del área de conocimiento de la Historia del Derecho y, por tanto, “es susceptible de generar derechos de propiedad intelectual en la medida en que se encuadra en el artículo 10.1.a de la ley de Propiedad Intelectual, como creaciones originales literarias expresadas en cualquier soporte, recordando que las creaciones científicas no son objeto de propiedad intelectual por razón de su contenido (ideas, procedimientos, sistemas, métodos operativos, conceptos, principios, descubrimientos) ni de la formación o experiencia de quienes las realizan, impulsan o de los esfuerzos de quienes las financian, sino sólo por la forma literaria o artística de su expresión.
(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 16 de enero de 2020, recurso 2742/2017)