Cesión de préstamo usurario: legitimación pasiva del prestamista cedente
El presente caso aborda el problema jurídico que se plantea a la hora de determinar quiénes pueden ser legitimados pasivos, en la acción del prestatario encaminada a lograr la declaración de nulidad de un préstamo por usurario, cuando el prestamista originario ha cedido el crédito a otro tercero cesionario. La nulidad del contrato de préstamo por ser usurario, puede hacerse valer frente al cesionario sin necesidad de demandar también al cedente; pero puede estar justificada la demanda contra este último para asegurarse el demandante el eventual derecho a la devolución de la diferencia a favor del prestatario, entre el principal del préstamo y lo que se ha pagado por la prestataria por todos los conceptos.
Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid (España)
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 278 (marzo 2024)