La introducción de la prisión permanente en España: dudas de constitucionalidad
El 4 de octubre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley Orgánica por el que se pretende modificar el Código Penal a fin de introducir la pena de prisión permanente revisable; pena sobre la que se ciernen varias dudas de constitucionalidad, que serán analizadas en el presente trabajo. Estas dudas se relacionan con la posibilidad de considerarla una pena inhumana o degradante y contraria, por tanto, a las previsiones del artículo 15 de la Constitución Española (CE), entendido a la luz del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH); una pena contraria a la finalidad de reinserción social que recoge el artículo 25.2 de la CE, así como a las exigencias de concreción de la pena que se derivan del principio de legalidad penal, recogido en el artículo 25.1 de la CE; o, finalmente, una pena contraria al artículo 17 de la CE, interpretado a la luz del artículo 5 del CEDH, en la medida en que este precepto exige que toda medida que suponga una privación de libertad debe ser legítima a lo largo del tiempo y que su legalidad debe ser objeto de control por parte de un órgano jurisdiccional en un plazo breve.
Palabras clave: prisión permanente revisable, pena inhumana o degradante, principio de legalidad penal, reinserción social y libertad personal.
César Serrano
Doctor en Derecho Constitucional.
Universidad Complutense de Madrid
María Díaz Crego
Profesora de Derecho Constitucional.
Universidad de Alcalá
Este trabajo ha sido seleccionado para su publicación por: don Francisco Monterde Ferrer, don José Luis Martínez Morales, don José Manuel Palau Navarro, doña Remedio Sánchez Ferriz y don Ricardo de Vicente Domingo.
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 158 (marzo 2014)