Autoría mediata en el delito de aborto forzado

Delito de aborto forzado: Autoría mediata.

Figuras contenidas en el artículo 28 CP, autoría y coautoría, cooperación necesaria, inducción y autoría mediata, todas ellas acreedoras de la misma pena. El Código está reconociendo que no solo es autor quien ejecuta el verbo típico, sino que también pueden serlo otros que intervienen en el hecho delictivo sin ejecutarlo.

Las acusadas instrumentalizaron la actuación de los sanitarios, quienes en la creencia de que la mujer prestaba su consentimiento de forma plena y válida, practicaron el aborto, y que fueron condenadas por ello las acusadas y hoy se las condena igualmente por forzar la voluntad de la víctima para obtener su consentimiento viciado y someterse a un aborto, con la única finalidad de continuar siendo mercancía al servicio de las acusadas y continuar ejerciendo la prostitución para lograrles beneficios económicos importantes.

Estamos ante un supuesto de autoría mediata, en el que las acusadas no se limitan a participar en un hecho ajeno, sino que realizan un hecho propio, valiéndose de la intimidación y de la violencia sobre la víctima. En definitiva, las mismas controlaban la acción delictiva, amenazando e incluso golpeando a la testigo protegida, las cuales planificaron la interrupción de su embarazo, la obligaron a ir a las clínicas a que le practicaran el mismo, donde siempre la acompañaron, y engañaron al personal sanitario sobre el libre consentimiento de la misma.

En los casos como en el analizado en que el ejecutor directo -facultativo que practica el aborto- obra de manera atípica o justificada, el recurso a la autoría mediata cubre inadmisibles lagunas de punición, pues, si no fuese posible apreciar esta clase de autoría, como pretende la recurrente, tampoco se podría castigar al llamado por la doctrina "hombre de atrás" como inductor o cooperador, ya que, por el principio de accesoriedad, no cabe la participación en un hecho que no sea típico y antijurídico.

En consecuencia, los hechos son típicos, siendo las acusadas las autoras mediatas del delito de aborto por el que vienen condenadas, sin que el tipo de autoría plantee grandes dificultades en delitos como el analizado, puramente de resultado.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal,  de 25 de octubre de 2019, recurso 1473/2018)