Régimen jurídico y problemática de los contratos inteligentes
Los contratos inteligentes –smart contracts– son redacciones en forma de código informático que persiguen la automatización plena de las relaciones contractuales. Pese al interés despertado, solo Francia y Estados Unidos han comenzado a regular la figura. No obstante, la libertad de forma consagrada en nuestro Código Civil implica que si reúnen los requisitos generales de los contratos, los smart contracts pueden considerarse acuerdos electrónicos legalmente vinculantes. La figura presenta importantes particularidades, especialmente en sede de consentimiento, ejecución y materia probatoria. El régimen jurídico general permite alcanzar soluciones satisfactorias, pero es preciso que el legislador asuma la regulación de esta figura disruptiva (responsabilidad por daños o su uso como medio de prueba, entre otras) y fomente buenas prácticas que prevengan problemáticas derivadas de su utilización.
Palabras claves: smart contracts; blockchain; legalidad; civil; mercantil.
Teresa Ballabriga Solanas
Catedrática de Derecho Civil.
Universidad de León
Este trabajo ha sido finalista en el Premio «Estudios Financieros» 2019 en la Modalidad de Derecho Civil y Mercantil.
El jurado ha estado compuesto por: don Pedro Vela Torres, doña Rocío Fernández Domínguez, doña María de las Heras García, don Carlos Lema Devesa, don Juan José Marín López y don Miguel Ruiz Muñoz.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.
Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 227 (diciembre 2019)