Real Decreto-Ley 13/2018 que modifica el marco normativo del arrendamiento de vehículos con conductor
- En su calidad de transporte urbano serán las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos las administraciones que regulen el servicio de VTC.
- Al final de un periodo transitorio de 4 años, las autorizaciones VTC de ámbito estatal quedarán habilitadas únicamente para prestar servicios interurbanos.
- En el marco de la Conferencia Nacional de Transportes, se crea un grupo de trabajo para el planteamiento de soluciones que faciliten una convivencia ordenada entre ambos sectores y avanzar en la mejora de la experiencia del usuario.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 13/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor. La nueva norma establece que serán las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos las administraciones públicas que regulen el servicio de Vehículos de Turismo con Conductor (VTC), en su calidad de transporte urbano.
El Real Decreto-ley dispone que, tras un periodo transitorio de 4 años, las actuales autorizaciones VTC de ámbito nacional quedarán habilitadas únicamente para realizar transporte interurbano.
En consecuencia, al final de ese periodo, para poder realizar servicios VTC en ámbito urbano, se deberá solicitar la correspondiente autorización a las Comunidades Autónomas o los Ayuntamientos, lo que no implica que las VTC de ámbito nacional pierdan su eficacia, aunque solo la mantienen para el transporte interurbano.
Por otra parte, el Real Decreto-ley habilita a las Comunidades Autónomas a modificar las condiciones de explotación de las VTC de ámbito nacional para los servicios en su territorio, incluyendo condiciones como precontratación, solicitud de servicios, captación de clientes, recorridos mínimos y máximos, servicios u horarios obligatorios y especificaciones técnicas del turismo. Estas modificaciones, en caso de ser aprobadas por la administración autonómica, se aplicarán tanto durante el periodo transitorio como tras el mismo.
En lo referente a los servicios urbanos que se presten por titulares de VTC de ámbito nacional durante el periodo transitorio, deberán cumplir las condiciones que establezcan, dentro de sus competencias, las entidades locales sobre utilización del dominio público viario, gestión del tráfico urbano, protección del medio ambiente y prevención de la contaminación atmosférica.
Además, se crea un grupo de trabajo permanente, para la búsqueda de soluciones que faciliten una convivencia ordenada entre ambos sectores y avanzar en la mejora de la experiencia del usuario, como compartir buenas prácticas y experiencias exitosas, medidas para la mejora de la competitividad o prestación del servicio.
Tramitación urgente del régimen sancionador
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha autorizado la tramitación por vía de urgencia de un Anteproyecto de Ley para modificación del régimen sancionador establecido en la LOTT, con objeto de garantizar el cumplimiento de las nuevas condiciones de prestación de los servicios VTC y vinculado con el "Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de Vehículos con Conductor" que se encuentra en fase de desarrollo tecnológico en el Ministerio de Fomento y que podrá empezar a funcionar a final de año.
Esta reforma va en la línea de lo recogido en el informe presentado el pasado día 3 de agosto al Consejo de Ministros, en el que se reconocía que el papel de los servicios de arrendamiento de vehículo con conductor (VTC) ha cambiado sustancialmente en los últimos años, y hoy en día se han convertido mayoritariamente en una forma de movilidad urbana o periurbana que prestan servicio, en muchos casos, en competencia con el taxi.
En ese informe se indicaba también que, en el actual contexto europeo, en el que uno de los grandes retos es alcanzar una movilidad urbana sostenible, las políticas de movilidad integradas deben ser una prioridad. Para ello es esencial que estas políticas de movilidad puedan integrar a todos sus instrumentos, en los que tanto el taxi como la VTC, así como el resto de formas de movilidad, tienen que tener un papel protagonista.
Además, se analizaba la situación de ambos sectores y las tensiones generadas, situación que requería, en definitiva, encontrar un marco que, dentro del respeto a las competencias propias del Estado garantice también que los entes autonómicos y locales dispongan de instrumentos que les permitan desarrollar sus propias competencias en transporte urbano y de movilidad, y que dote de seguridad jurídica al sistema, con una solución permanente y definitiva.
Fuente: Moncloa