Reclamación de prima de seguro asociado a un vuelo cancelado
Cancelación de vuelo. Enriquecimiento injusto. Primas de seguro. Procede la devolución de las cantidades abonadas en concepto de prima de los seguros de viaje vinculados a los billetes de vuelo reservados, y cancelados unilateralmente por la entidad aérea, primero porque la letra de los términos generales y condiciones de transportes aportado por la misma no se deducen sin más la exclusión de la obligación de la devolución de las primas comercializado y cobrado por la misma entidad y en segundo lugar porque admitir la no devolución de la prima de un seguro vinculado a unos billetes tras la cancelación unilateral de quien emite los billetes, comercializa y percibe las primas del seguro supone una cláusula abusiva y un enriquecimiento injusto , al apropiarse de una cuantía que no responde a servicio efectivamente prestado, por decisión de la propia entidad y tercero , al menos en este caso concreto, porque no se ha acreditado que la actora suscribiera esas condiciones generales ni que tuviera conocimiento de la exclusión alegada por la parte.
(Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Huesca, de 4 de junio de 2018, recurso 7/2018)