La Comisión insta a España a cumplir las normas de la UE sobre los principios de equivalencia y de efectividad
El pasado 14 de junio de 2017 la Comisión Europea decidió enviar una carta de emplazamiento a España debido a que sus normas nacionales en materia de responsabilidad del Estado por infracción del Derecho de la UE establecidas por el legislador español son contrarias a los principios de equivalencia y/o efectividad.
En su paquete mensual de decisiones sobre procedimientos de infracción correspondiente a enero de 2018, la Comisión ha emprendido acciones jurídicas contra diversos Estados miembros por no haber cumplido las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE. Estas decisiones, que abarcan varios sectores y ámbitos de actuación de la UE, pretenden garantizar la correcta aplicación del Derecho de la UE en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.
Entre estos procedimientos, en los relativos a los principios de los Tratados, se recoge que la Comisión ha decidido, el 25 de enero de 2018, enviar un dictamen motivado a España porque nuestro ordenamiento incumple los citados principios de equivalencia y/o de efectividad. Las actuales disposiciones sobre régimen jurídico y procedimiento administrativo común para el sector público –las Leyes 39/2015 y 40/2015, ambas de 1 de octubre- limitan la autonomía procesal y material de los Estados miembros en relación con las condiciones que rigen las indemnizaciones por daños causados por actos legislativos. La legislación española ha establecido condiciones menos favorables en lo relativo a la responsabilidad por una infracción de la legislación de la UE que por la responsabilidad debida a una infracción de la Constitución española. Además, contiene condiciones de procedimiento que no son acordes con la jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia de la UE. Las disposiciones nacionales en cuestión hacen que sea excesivamente difícil comprometer la responsabilidad del Estado por una infracción de la legislación de la UE, lo que tiene una repercusión negativa en la efectividad del Derecho de la UE. España dispone de dos meses para responder a los argumentos planteados por la Comisión; de lo contrario, la Comisión podría tomar la decisión de llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.
D. Isaac Ibáñez García publicó en la revista CEFLegal el pasado mes de octubre un completo estudio sobre el tema, titulado “El régimen de responsabilidad patrimonial por actos del legislador, establecido en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su posible incompatibilidad con el Derecho de la UE. Argumentos expuestos a la Comisión Europea”, herramienta ideal para aproximarse y profundizar en este asunto que vuelve a retomar su actualidad y que muy probablemente acarreará cambios legislativos.