El ámbito de aplicación subjetivo de la Ley de Defensa de la Competencia y la Condena de la Junta de Andalucía en el cártel de la uva y del mosto de Jerez: comentario a la Resolución de la Comisión Nacional de la Competencia de 6 de octubre de 2011, Exp.
La Resolución de la Comisión Nacional de la Competencia de 6 de octubre de 2011 condena a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía por su implicación en el cártel de la uva y del mosto de Jerez. Este pronunciamiento supone una extensión inadmisible del ámbito de aplicación subjetivo de las prohibiciones de prácticas anticompetitivas contenidas en la Ley de Defensa de la Competencia y en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Aunque la conducta de la Junta era reprochable, las autoridades administrativas de defensa de la competencia no están habilitadas o legitimadas legalmente para sancionar un ejercicio irregular y desviado de potestades públicas que favorezca o promueva un cártel.
Palabras clave: defensa de la competencia, España, cártel, poderes públicos.
Francisco Marcos Fernández
IE Law School (Madrid)
Este trabajo ha obtenido el Accésit Premio Estudios Financieros 2012 en la modalidad de DERECHO CIVIL Y MERCANTIL.
El Jurado ha estado compuesto por: don Alfonso Candau Pérez, doña Carmen Alonso Ledesma, don Alberto Alonso Ureba, don Ángel Carrasco Perera y don Daniel Rodríguez Ruiz de Villa.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato del autor.
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 142 (noviembre 2012)