El derecho al olvido como facultad integrante del derecho a la autodeterminación informativa del ciudadano
La rápida evolución de los medios electrónicos y tecnológicos al alcance de nuestra sociedad informática ha enfrentado a los poderes públicos a los retos derivados de la necesidad de dispensar una protección cualificada a la información personal más cercana al ciudadano. Y así, el derecho a la autodeterminación informativa ha planteado recientemente un debate encarnizado entre dos posiciones dispares, la europea y la norteamericana, acerca de la oportunidad y el posible alcance del ejercicio de un supuesto derecho a ser dejado en paz, entendido como el derecho a exigir que se proceda a la retirada o al borrado de información personal que, si bien veraz, supone o representa para el interesado un perjuicio o una lesión que entiende no tiene el deber jurídico de soportar. A tal efecto el interés de la jurisprudencia europea y española más reciente radica no solo en el reconocimiento de este derecho sino, en particular, de ciertos límites a su implementación y ejercicio que abocan a la Agencia Española de Protección de Datos a una ponderación casuística de los derechos y de los intereses en juego en cada supuesto.
Palabras claves: derecho a la protección de datos, derecho al olvido y Agencia Española de Protección de Datos.
Anabelén Casares Marcos
Profesora titular de Derecho Administrativo.
Universidad de León
Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 198 (julio 2017)