Resolución de la ECN: Protección de la información presentada en solicitudes de clemencia en el contexto de las acciones civiles de daños y perjuicios.
Enviado por Editorial el Lun, 02/07/2012 - 13:16
Las Autoridades de Competencia adoptan la posición común de que la información proporcionada en el marco de una solicitud de clemencia debe estar protegida frente a su divulgación en la medida necesaria para garantizar la eficacia de los programas de clemencia. Esta protección es esencial para garantizar una lucha eficaz contra las prácticas colusorias.
- Véase Resolución ECN de 23 de mayo de 2012.
Fuente: Comisión Nacional de la Competencia