Un juez obliga a Bankia a devolver un millón de euros a una sociedad que compró acciones por error en el consentimiento
Considera que hubo graves inexactitudes en el folleto de la oferta pública
El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Jaén en sentencia de 27 de enero, ha condenado a Bankia a devolver un millón de euros a una sociedad que compró acciones por “error en el consentimiento”, al considerar el magistrado que hubo graves inexactitudes en el folleto de la oferta pública de acciones de la entidad financiera. La sentencia estima íntegramente la demanda interpuesta y declara la nulidad de las órdenes de valores suscrita por la sociedad jienense en 2011 por valor de 999.997 euros, dinero que condena a la entidad bancaria a abonar junto con los intereses legales desde la fecha de compra.
Según se recoge en la sentencia, “Bankia se presentó a la vida pública como uno de los grupos financieros más solventes del Estado”, pero a la vista de las cuentas auditadas de 2011 «la situación financiera narrada en el folleto informativo y las perspectivas del emisor no fueron reales, no reflejaban ni la imagen de solvencia publicitada y divulgada, ni la situación económica financiera real, y ello aunque ahora el Banco de España diga la contrario. Evidente es que no basta, como alega la demandada (Bankia), cumplir con la información dispuesta y regulada, sino que el contenido de la misma debe ser veraz, objetivo y fidedigno. Y respecto a los beneficios y pérdidas de Bankia se ha demostrado que lo informado no fue real”.
Pese a que no se trata de un pequeño inversor sino de una sociedad, en la resolución judicial se explica que no es relevante puesto que esa inversión se realizó por “error motivado por la falsedad o la no coincidencia del folleto informativo con la imagen real de la entidad”.
Fuente: Poder Judicial