Uso en el delito de robo de armas o instrumentos peligrosos

Robo con violencia o intimidación. Subtipo agravado. Uso de armas o instrumentos peligrosos. Empleó de un cuchillo. Requisitos.

El fundamento agravatorio del subtipo del artículo 242.3 CP (robo con violencia o intimidación) reside en que mediante el uso conminatorio con fines predatorios de armas o instrumentos peligrosos se aumenta notoriamente la capacidad agresiva del autor, poniendo en mayor peligro la vida o la integridad física de la víctima. En esa medida, los objetos típicos -arma o instrumento peligroso- referidos en el artículo 242.3 CP han de resultar objetiva y funcionalmente idóneos para privar o lesionar dichos bienes jurídicos personales. La mera referencia que se contiene en los hechos declarados probados a que el autor exhibió "un mango de arma blanca" no permite identificar ese potencial de peligro reclamado por el tipo. No cuestionamos que exhibir un mango de un arma blanca -sin otra precisión- pueda servir como un mecanismo intimidatorio eficaz que satisfaría las exigencias del tipo básico del artículo 242.1 CP, pero para dar el salto al tipo agravado del artículo 242.3 CP, sin comprometer el principio de prohibición del bis in idem, es necesario que la exhibición, como fórmula de uso, sea lo suficientemente visible para despejar toda duda de que se trata de un arma o un instrumento potencialmente idóneo para poner en peligro la vida y la integridad física, reforzando significativamente la acción intimidatoria. Mayor desvalor que, desde los hechos declarados probados, no es posible apreciar. Para el juicio de individualización de la pena en los delitos de robo con violencia debe atenderse, de manera prioritaria, a la gravedad de la empleada, lo que siempre entraña la necesidad de acudir a criterios contextuales y comparativos de valoración.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal, de 17 de octubre de 2024, recurso 10388/2023)