Reforma de los mercados de valores
El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro reales decretos publicados en el BOE de 9 de noviembre, que completan las reformas de los mercados de valores para aumentar su competitividad, facilitar la financiación empresarial y reforzar la protección de los inversores. Asimismo, los textos aprobados completan la transposición a la normativa española de diversas directivas comunitarias.
Las normas completan con textos de nueva planta el desarrollo de la nueva Ley del Mercado de Valores, aprobada con gran consenso el pasado mes de marzo, mejorando la regulación de los mercados de valores, modernizando su operativa e incrementando su competitividad.
Los reales decretos permitirán seguir impulsando su capacidad de financiación de la economía de forma transparente y eficiente, fortaleciendo el régimen de supervisión aplicable a las empresas de servicios de inversión y reforzando el nivel de protección de los ahorradores y clientes de servicios financieros.
Medidas para mejorar la capacidad de los mercados de valores para financiar a las empresas españolas
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 814/2013, de 8 de noviembre, publicado en el BOE de 9 de noviembre, sobre instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado, que aúna en un solo texto la legislación recogida anteriormente en cuatro normas. De esta forma se reordena, simplifica y facilita a los operadores que puedan acudir más fácilmente a los mercados de capitales, mejorando la capacidad de financiación no bancaria de las empresas.
Con este objetivo, se simplifican algunos procedimientos y se eliminan cargas administrativas redundantes para facilitar la atracción de inversiones.
Para ello se simplifica el proceso de misión a negociación de valores de renta fija, y se eliminan determinadas obligaciones de información redundantes en el proceso de compensación y liquidación de valores. De esta forma, se alinea la regulación nacional con la normativa comunitaria y la de los países de nuestro entorno.
Asimismo, el Real Decreto 816/2023, de 8 de noviembre, publicado en el BOE de 9 de noviembre, de desarrollo de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva completa las reformas establecidas en la Ley del Mercado de Valores y en la Ley Crea y Crece para impulsar el capital riesgo y la inversión colectiva como medios de financiación empresarial alternativa a la bancaria.
Esta norma facilita también el desarrollo de las finanzas sostenibles al establecer que las sociedades gestoras de fondos deban tener en cuenta los riesgos de sostenibilidad de forma transversal en sus actividades.
El Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, publicado en el BOE de 9 de noviembre, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, desarrolla, conforme a la normativa europea, un régimen de supervisión prudencial adaptado a estas empresas, teniendo en cuenta las particularidades de su modelo de negocio y aplicando el principio de proporcionalidad.
En particular, se recoge el marco en el que las empresas de asesoramiento financiero nacional podrán seguir prestando servicios sin pasaporte con requisitos financieros específicos. El objetivo es preservar la función que desempeñan estas empresas, poniendo en valor el asesoramiento y servicio especializado que prestan.
Adicionalmente, en el Real Decreto 815/2023, de 8 de noviembre, publicado en el BOE de 9 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión en relación con los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la cooperación con otras autoridades y la supervisión de empresas de servicios de inversión regula la actuación de la CNMV en relación con los registros oficiales, el intercambio de información y la aplicación de la supervisión prudencial de las empresas de servicios de inversión.
Fuente: Moncloa