Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación
El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto 342/2023, de 9 de mayo, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación.
Con la aprobación de este real decreto se pretende la actualización de la estructura de este organismo, de modo que resulte más adecuada para los retos planteados garantizando su eficiencia y la máxima transparencia en el desarrollo de su actividad. Además, se aporta más seguridad jurídica a la actividad de la oficina.
La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) fue creada a través de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP) que, en su artículo 332, la configura como un órgano colegiado de los previstos en el artículo 19 de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, con la finalidad de velar por la correcta aplicación de la legislación y, en particular, promover la concurrencia y combatir las ilegalidades, en relación con la contratación pública. Igualmente, actúa en el desarrollo de su actividad y el cumplimiento de sus fines con plena independencia orgánica y funcional.
La Oficina, formada por un presidente y cuatro vocales, comenzó su actividad en diciembre de 2018.
Durante el desarrollo de su actividad en estos años, la Oficina ha cumplido las obligaciones legales que le corresponden de acuerdo con su norma reguladora, a través de la emisión de los Informes Anuales de Supervisión aprobados en 2019, 2020, 2021 y 2022, así como sus correspondientes Informes Anuales de Actuaciones relativos a 2019, 2020, 2021 y 2022.
Adicionalmente, se han emitido Informes Especiales de Supervisión relativos a contratación de emergencia, así como al uso de la contratación estratégica.
También desplegó una labor informativa, de recopilación y sistematización normativa con motivo de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, a la vista de la necesidad del despliegue de una gran actividad normativa de carácter excepcional que afectaba directamente a la contratación pública, tanto en el ámbito estatal como en el ámbito autonómico.
Igualmente, como adaptación a las necesidades detectadas en cada momento, difundió una Guía de reactivación de la contratación pública, una vez que se levantaron las suspensiones de plazos administrativos a consecuencia de la crisis sanitaria. En la actualidad procede a las actualizaciones periódicas de las Guías que la Oficina ha elaborado tanto sobre el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia como sobre las sucesivas crisis y su impacto en la contratación pública.
Durante este período de funcionamiento de la OIReScon, igualmente, se ha puesto en marcha la Oficina Nacional de la Evaluación (ONE), regulada en el artículo 333 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este órgano, cuya finalidad es analizar, de forma preceptiva, la sostenibilidad financiera de los contratos de concesiones de obras y contratos de concesión de servicios, fue puesta en funcionamiento con la aprobación y publicación de la Orden HFP/1381/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Evaluación y la progresiva dotación de medios personales y materiales. Hasta la fecha, ha emitido un total de 29 informes.
Otra de las esenciales funciones atribuidas a la OIReScon consiste en la aprobación de la Estrategia Nacional de Contratación Pública, como instrumento jurídico vinculante, cuya propuesta corresponde al Comité de cooperación en materia de contratación pública.
Fuente: Moncloa