Límites del orden público procesal en la anulación del laudo
El presente supuesto incide en una cuestión técnico-jurídica que guarda relación con la prohibida interpretación extensiva del concepto de orden público realizada por los órganos del Poder Judicial, a la hora de resolver el recurso de anulación del laudo, en este caso a la hora de interpretar el instituto de la prejudicialidad penal. Se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva cuando una sentencia estima una acción de nulidad de un laudo arbitral llevando a cabo un control del contenido del laudo que excede del que se puede realizar por los tribunales. El órgano judicial no se ajusta al control judicial externo y limitado que ha de llevar a cabo sobre la motivación del laudo, lo que implica excluir de ese control toda consideración de fondo sobre sus razonamientos.
Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 256 (mayo 2022)