Tablón edictal judicial único
Aprobado y publicado en el BOE de 12 de mayo, el Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial "Boletín Oficial del Estado", para adaptarlo al Tablón Edictal Judicial Único, que entrará en vigor el próximo día 1 de junio.
El objetivo de esta nueva regulación es avanzar en el proceso de modernización y digitalización de la Administración de Justicia, ya que con el Tablón se alcanzará la plena informatización y unificación de la publicación de edictos judiciales, acabando con la dispersión en tablones de anuncios físicos y en distintos boletines oficiales. Se conseguirá así agilizar y facilitar la comunicación de los edictos judiciales a las personas físicas y jurídicas inmersos en un procedimiento judicial.
Para alcanzar este objetivo, la publicación electrónica del Tablón estará integrada en el BOE junto al Tablón Edictal ya existente en el ámbito de los anuncios de notificación que realizan las administraciones públicas. De este modo se configurará un modelo de notificación edictal global y coherente, en el que los dos tablones edictales -judicial y administrativo- serán ofrecidos desde la misma plataforma del "Boletín Oficial del Estado", aunque manteniendo su independencia y singularidades propias.
Con esta medida, se refuerza la simplicidad del trámite de comunicación edictal judicial y las garantías de las partes, permitiendo el acceso a su contenido de una forma rápida y sencilla, reforzando la seguridad jurídica a efectos del cómputo de los plazos procesales.
Para garantizar una adecuada protección del derecho a la protección de datos de carácter personal, el acceso al Tablón solamente será posible durante un plazo de cuatro meses desde la publicación. Además, los ciudadanos dispondrán de un sistema de búsquedas en el Tablón y también, previa identificación electrónica -mediante DNI-e o Cl@ve- será posible suscribirse a un sistema de alertas informativas y consultar todos los edictos de los que sea destinatario un NIF determinado. Estos servicios serán prestados por la Agencia Estatal BOE con carácter gratuito.
La consulta del Tablón Edictal Judicial Único podrá realizarse también a través de las sedes judiciales electrónicas del Ministerio de Justicia y de las diferentes comunidades autónomas, ofreciendo así mayores garantías de conocimiento y acceso a la ciudanía.
Complementariamente al Tablón, también se está desarrollando, como servicio de las sedes judiciales electrónicas, la posibilidad de que los destinatarios de un acto de comunicación puedan consultar la resolución dictada desde el área privada de la sede judicial, previa identificación electrónica.
En definitiva, este nuevo sistema orientado a la prestación de un servicio de calidad y accesible telemáticamente, refuerza las garantías procesales de la ciudadanía, ya que facilita el proceso de la comunicación y acceso de las publicaciones mediante edictos.
Fuente: Moncloa