Valor de las fotocopias en relación con el delito de falsedad documental

Falsedad en documento oficial. Fotocopias. Tarjeta de estacionamiento limitado.

La confección íntegra de un documento valiéndose de una fotocopia, simulando el original, integra la conducta prevista en el art. 390.1 .2º del Código Penal.

Si bien es cierto que se trata de una fotocopia que no contiene ninguna alteración del documento original y solo es un mero uso no adecuado del mismo por quien no es su titular, la mera elaboración de esa copia por un particular sin autorización del organismo administrativo competente supone "simular" el documento oficial pues se trata de una copia bastarda que está siendo utilizada en el tráfico jurídico como si fuese un documento legítimo. La fotocopia tenía una finalidad claramente ilícita, como lo demuestra el hecho de que el acusado estuviese utilizando esa tarjeta de estacionamiento en una plaza reservada a personas minusválidas, sin que el beneficiario de dicha tarjeta estuviese presente. Ese uso indebido del estacionamiento reservado perjudica a quienes realmente lo necesitan.

Las fotocopias de documentos son sin duda documentos en cuanto escritos que reflejan una idea que plasma en el documento original, si bien la naturaleza oficial del documento original no se transmite a la fotocopia, salvo en el caso de que la misma fuese autenticada. Pero lo relevante a efectos de tipificación es la naturaleza del documento que se pretende simular, no la del medio utilizado para ello. Así cuando se utiliza una fotocopia o reproducción fotográfica para simular la autenticidad de un documento, y disimular la falsedad, la naturaleza a efectos de la tipificación es la del documento que se pretende simular -en este caso documento mercantil u oficial- no la del medio empleado. No se ha empleado "una fotocopia que no contiene ninguna alteración del documento original", sino que se confeccionó íntegramente un documento falso con el fin de hacerlo pasar por el original y a los efectos de la tipificación de la conducta lo relevante es el documento que se pretende simular, esto es, un documento oficial.

Anulado la sentencia de la Audiencia Provincial, parece más razonable que sea la Audiencia la que resuelva las cuestiones suscitadas por la defensa en apelación que quedaron sin contestación ante el pronunciamiento dictado por aquella que ahora queda anulado por lo que procede la devolución de la causa.

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal,  de 4 de noviembre de 2020, recurso 1108/2019)