Posesión ilegítima del arrendador de finca arrendada
El presente caso práctico intenta ilustrar acerca de los límites que el arrendador de una finca adquiere al establecer la relación jurídica del arrendamiento con su inquilino, en relación con la recuperación de la posesión de su inmueble al terminar el plazo contractual del arrendamiento, y el necesario respeto hacia los cauces legales establecidos para la consecución de esta recuperación. La recuperación de la posesión por el propietario por las vías de hecho, al margen del procedimiento adecuado, determina una recuperación de la posesión ilegítima que vulnera, por un lado, las normas civiles pero, por otro, el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio del artículo 18 de la CE. Las sospechas por parte del arrendador, de que la finca arrendada pudiera tener desperfectos o daños, no justifica en ningún caso la posesión ilegítima ni la recuperación de la misma sin cobertura legal que lo autorice.
Palabras claves: arrendamientos urbanos; recuperación de la posesión; inviolabilidad del domicilio.
José Ignacio Atienza López
Letrado de la Administración de Justicia.
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 237 (octubre 2020)