Cómo acabar de una vez por todas con el descontrol en la mal llamada «jura de cuentas»
La STC de 14 de marzo de 2019 declaró la inconstitucionalidad de los artículos 34.2.III y 35.2.II y IV de la LEC, porque excluían el recurso frente al decreto del letrado de la Administración de Justicia al resolver la oposición en la llamada «jura de cuentas». Aunque no se indique expresamente, parte del carácter jurisdiccional de este proceso. Esto permite revisar críticamente la STJUE de 16 de febrero de 2017 (C-503/2015), y también impone al legislador español reconsiderar este procedimiento, al menos para introducir un sistema de control judicial, tanto de la admisibilidad del proceso como de las eventuales cláusulas abusivas cuando se trata de consumidores.
Palabras claves: abogado; procurador; reforma procesal; jura de cuentas; recurso; cláusulas abusivas.
José Bonet Navarro
Catedrático de Derecho Procesal.
Universidad de Valencia
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 232 (mayo 2020)