Se establece el ingreso mínimo vital
El Real Decreto-Ley 20/2020, publicado en el BOE de 1 de junio, tiene por objeto la creación y regulación del ingreso Mínimo Vital como prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.
Podrán solicitar la prestación todas las personas que tengan entre 23 y 65 años, o desde los 18 si el solicitante tiene menores a cargo, que lleven, al menos, un año de residencia legal en España. El acceso a la ayuda dependerá del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite.
Además de los ingresos, se comprobará el patrimonio neto del solicitante, restando sus deudas, y sin tener en cuenta la vivienda habitual. El límite de patrimonio aumenta en función del número de personas de la unidad de convivencia. Es de 16.614 euros para una persona que viva sola y se irá incrementando por cada miembro adicional hasta un máximo de 43.196 euros.
Se podrá solicitar desde el 15 de junio y todas las solicitudes que se cursen desde ese día hasta el 15 de septiembre se cobrarán con efecto retroactivo a 1 de junio.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación compatible con otras rentas de inserción de las comunidades autónomas. Supone la redistribución de la riqueza, y de eficiencia económica, porque los recursos van a ir directamente a los hogares, al consumo, permitiendo que las empresas y los autónomos sigan facturando, algo necesario para la recuperación económica.
Supondrá una inversión pública anual cercana a los 3.000 millones de euros, que se sitúa en la media europea de prestaciones similares. La previsión es que beneficie a 850.000 hogares en total y a 2,3 millones de personas, de las que un millón está ahora en pobreza extrema (con ingresos de menos de 3.000 euros al año) y 550.000 en pobreza muy alta (con ingresos entre 3.000 y 4.300 euros anuales.
Contará con un simulador, para comprobar fácilmente si se tiene derecho a la prestación, un asistente virtual y un teléfono 900 gratuito para información y ayuda.
Sin embargo, gracias al cruce de datos entre la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y comunidades autónomas, ya se podrán identificar de oficio numerosos hogares beneficiarios a quienes, ha asegurado, ya se les podrá ir haciendo el ingreso mensual.
Si quieres saber más sobre los requisitos y procedimiento del mínimo vital puedes ver: