Juez ordinario, imparcial y normas de reparto
El caso plantea un problema de legalidad ordinaria que no afecta al derecho fundamental a un juez predeterminado por la ley y a un juez imparcial, y ha de entenderse que, salvo una aviesa maniobra que pretenda adjudicar el asunto a un juez distinto, de manera torticera, no existe causa que permita estimar el recurso de casación interpuesto, pues las cuestiones interpretativas de las normas procesales o de reparto son de legalidad ordinaria.
Cuando el juez del juzgado cuarto instruye no compromete ni vulnera el derecho al juez predeterminado por la ley, ni necesariamente la imparcialidad, pero sí podría verse afectada, si su actuación se hubiera traducido en una indebida admisión de diligencias de prueba, de medidas cautelares injustificadas, o de una actuación contraria al principio de igualdad y en contra del reo.
Palabras claves: juez ordinario; juez imparcial; normas de reparto; competencia.
José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 205 (febrero 2018)