Interés legal y de demora en los Presupuestos Generales del Estado para 2023. Ley 31/2022 de 23 de diciembre
Enviado por Editorial el Mié, 28/12/2022 - 13:05
Conforme a la Disposición adicional cuadragésima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, este queda establecido en el 3,25 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2023.
Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será el 4,0625 por ciento.
Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 38.2 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será el 4,0625 por ciento.