Interés de demora aplicable a las operaciones comerciales (1º semestre del 2018)
Enviado por Editorial el Mié, 27/12/2017 - 08:40
El BOE de 23 de diciembre publica la Resolución de 21 de diciembre de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2018.
Publicado en el BOE de 23 de diciembre, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2018 es el 8,00 por 100 (se mantiene inalterado con respecto al último semestre del 2017).