Reformas para protección de los menores en materia de adopción y matrimonio: se elevará la edad para contraerlo hasta los dieciséis años.
La defensa del interés del menor en los trámites de adopción, de acogimiento familiar o de tutela por parte del Estado, así como su protección y amparo en casos de violencia de género, son algunos de los pilares fundamentales del nuevo Plan Estatal Nacional de Infancia y Adolescencia 2013-2016, que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros. Por primera vez, un Plan de Infancia cuenta con una estimación presupuestaria, que la ministra ha cifrado en 5.159 millones de euros para los próximos cuatro años, entre el Ministerio, las Comunidades Autónomas y las entidades locales.
La protección y el "interés superior del menor" orientan todos y cada uno de los ocho objetivos y 125 medidas de este ambicioso Plan que se ajusta a los convenios internacionales establecidos y que se estructura de acuerdo con ocho objetivos: conocimiento y sensibilización; apoyo a las familias y conciliación; seguridad en el uso de las nuevas tecnologías; atención prioritaria en colectivos con riesgo de exclusión social; prevención y rehabilitación de casos conflictivos; educación de calidad; defensa de su salud y participación en su entorno.
Las medidas más relevantes del Plan conllevarán una modificación normativa, a través de una Ley Orgánica para actualizar la legislación sobre protección a la infancia. La modificación afectará a once leyes, entre las que destacan el Código Civil y la Ley de Protección Jurídica del Menor. Además, como novedad, el Gobierno incorporará un informe sobre el impacto en la infancia en todos los proyectos de ley y de reglamento, de la misma manera que ya ocurre con el impacto de género.
El Plan de Infancia y Adolescencia 2013-2016 constituirá un marco de trabajo muy valioso para articular en clave de presente y de futuro, las políticas de infancia en nuestro país, de una manera integrada y transversal. En su elaboración han participado diez ministerios, Comunidades Autónomas, entidades locales y ONG del tercer sector.
El primer objetivo del Plan es la promoción del conocimiento sobre la situación real de la infancia y la adolescencia en España. En este punto, se va a llevar a cabo una definición legal del concepto jurídico indeterminado "interés superior del niño", en base a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y a las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño de la ONU.
EL MATRIMONIO: REFORMA DEL CÓDIGO CIVIL
La edad para contraer matrimonio, en la actualidad, se sitúa en dieciocho años, pero se mantiene una excepción para menores emancipados, que pueden casarse con catorce años. Para elevar esta edad se incluirá una modificación en el Código Civil, consensuada con el Ministerio de Justicia, para subir la edad a los dieciséis años.
MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO O DESPROTECCIÓN
El Gobierno va a definir, por primera vez, en una norma estatal, las llamadas situaciones de riesgo y desamparo, y se atenderá a las necesidades especiales de estos niños, priorizando siempre su integración en un núcleo familiar y la atención a sus necesidades sanitarias, educativas, etcétera. En este sentido, se va a priorizar el acogimiento familiar sobre el residencial.
Una política como ésta tiene un punto de arranque: la comprobación médico-científica de que ayuda mucho más al menor formarse en un contexto de relaciones sociales-familiares. Así, se unificarán los criterios de selección de las familias acogedoras, se crearán redes de apoyo, tanto para la familia biológica que no puede mantener al niño/a, como a la que lo acoge y se potenciará un mayor grado de especialización y profesionalización de las propias familias que decidan acoger a un menor.
Integración en una familia
En concreto, se pretende que ningún menor de tres años en situación de desamparo tenga que pasar por un centro residencial, sino que se integre en una familia. Para ello, se emplearán las "familias de urgencia", que darán un acogimiento profesionalizado en los casos en que sea necesario. Asimismo, se crea la figura de la "guarda con fines de adopción", que permitirá, por ejemplo, que un bebé dado en adopción nada más nacer por su madre biológica pase directamente a vivir con una familia, aunque la adopción definitiva la decida un juez. De este modo, las modalidades de acogimiento pasan de tres (simple, permanente y preadoptivo) a dos: temporal y permanente.
Adjudicaciones
Asimismo, la reforma de la legislación de la infancia introducirá novedades en las adopciones, como las adopciones abiertas, en las que el menor conserva ciertos vínculos con su familia biológica.
España es uno de los países que más adopciones internacionales tramita, y dado el contexto internacional, se hace prioritario estrechar la coordinación con las Comunidades Autónomas (que tienen la competencia) para reforzar las garantías del menor. Ello pasa por establecer las cautelas necesarias y asegurar que los trámites se adecúan a la salvaguarda del interés del menor. En la medida de lo posible, se agilizarán los canales de información entre países.
Fuente: Moncloa