Un enjuiciamiento constitucional del actual modelo de tasas judiciales. Motivos para su inconstitucionalidad a pesar de las sucesivas atemperaciones legislativas. Propuesta de futuro
En pocos casos la promulgación de una norma como la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, suscita una controversia y una oposición tan unánime de ciudadanía y operadores jurídicos. Las reforzadas tasas judiciales suponen un reto de difícil superación en lo que a su armonía constitucional se refiere. El legislador es consciente de ambos aspectos y ha ido limando la regulación inicial mediante sendos decretos-leyes dictados en un corto periodo de tiempo, pero aun así pende al tiempo de redactar estas páginas el pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre el asunto vistos los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad ante él entablados, fiel reflejo de las dudas de validez de ese régimen jurídico que se anunciaban. En este trabajo, previo análisis de la regulación en la materia a efectos ubicativos, se expondrán los motivos por los que, en consideración particular, el fallo de esos recursos ha de desembocar en la inconstitucionalidad de tal norma y, seguidamente, se propondrá cuál puede ser el sistema aplicable si el legislador estima adecuado el mantenimiento de esa figura tributaria por estos lares del ordenamiento jurídico, con las modulaciones precisas que permitan su viabilidad dentro del irrebasable marco trazado por nuestra Constitución.
Palabras claves: tasa, tribunal, Constitución y jurisdicción.
Eduardo Sánchez Álvarez
Doctor en Derecho
Profesor asociado de Derecho civil.
Universidad de Oviedo
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 181 (febrero 2016)