Doctrina jurisprudencial sobre la nulidad del planeamiento urbanístico: nulidad parcial e imposibilidad de subsanación de los trámites omitidos
Urbanismo. Planeamiento. Nulidad. Omisión del informe del artículo 117.2º de la Ley de Costas. Posibilidad de nulidad parcial del plan e imposibilidad de la subsanación del trámite omitido
Los vicios de procedimiento esenciales en la elaboración de los Planes de Urbanismo comportan la nulidad de pleno derecho de todo el Plan impugnado, sin posibilidad de subsanación del vicio apreciado a los efectos de mantener la vigencia del Plan con una ulterior subsanación. No obstante lo anterior, en aquellos supuestos en que el vicio apreciado para la declaración de nulidad pueda individualizarse respecto de un determinado ámbito territorial del Plan o concretas determinaciones, sin que tenga relevancia alguna respecto del resto de ese ámbito territorial, puede declararse la nulidad del plan respecto de esas concretas determinaciones, sin que ello autorice a considerar la nulidad de pleno derecho subsanable con la retroacción del procedimiento.