De la familia regulada a la familia deseada: hacia un concepto europeo de familia
Este trabajo aborda y se cuestiona si Europa se ve encaminada a adoptar un concepto uniforme de familia, porque, a poco que se reflexione sobre ello, parece que no se puede poner en entredicho que el concepto jurídico de familia presente en los ordenamientos jurídicos nacionales no coincide con el que maneja el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión europea. La disparidad de criterios existentes a la hora de configurar el contenido de los derechos fundamentales de los miembros de la unidad familiar dificulta gravemente ese fin común de las normas del Derecho de familia, que no es otro que el de protegerla adecuadamente (art. 39 CE). La familia, seguramente, es el máximo exponente del libre desarrollo de la personalidad y de la dignidad de la persona, principios fundamentales del ser humano, en torno a los que giran y asientan sus bases todos los ordenamientos constitucionales posteriores a la Segunda Guerra Mundial. Es necesario, por consiguiente, iniciar una tarea de adaptación de su regulación a las nuevas estructuras familiares presentes en la Europa contemporánea y dar respuestas válidas a los retos que la familia de hoy en día debe afrontar. Una familia plural, multicultural, circulante, igualitaria y avanzada científica y tecnológicamente. Una familia deseada y no una familia regulada de forma obsolescente. Para alcanzar este objetivo, es indispensable analizar los derechos y facultades de la persona en su faceta familiar y preguntarse cómo se forma la familia, quiénes la integran y cuándo se entiende constituida.
Palabras claves: derecho de familia; tutela multinivel de los derechos fundamentales; derecho al matrimonio; parejas de hecho; orientación sexual; derechos reproductivos.
Gema Díez-Picazo Giménez
Profesora Titular de Derecho Civil.
Universidad Autónoma de Madrid
Letrada del Tribunal Constitucional
Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 215 (diciembre 2018)