Cuatro meses de prisión por provocar un incendio cuando estaba quemando restos de poda de olivos
Delito de incendio imprudente. Incendios forestales. Quema de rastrojos. Delito de incendio imprudente de montes o masas forestales, condenado a cuatro meses de prisión y a una indemnización superior a los 60.000 euros, para los propietarios de parcelas afectadas por el fuego y para asumir los gastos de extinción. El condenado quemaba restos de olivos en una parcela y pese a que el hombre tenía autorización administrativa para realizar la actividad, actuó con “olvido de las mínimas cautelas” como la limpieza de matorral de, al menos, dos metros alrededor de la quema, que no debió realizar a menos de 20 metros de una zona forestal.
El condenado dejó el fuego sin vigilancia y abandonó el lugar sin comprobar que estaba bien apagado, lo que provocó que las llamas se propagaran. El incendio duró más de dos días y para su extinción se destinaron, además del cuerpo de bomberos, de ayuda de helicópteros y medios aéreos para evitar que se propagara en mayor medida y poder extinguirlo cuanto antes y cuyo coste se contiene en el informe emitido por el departamento de gastos de extinción, y elaborado por funcionario público en el ejercicio de sus funciones y que como es sabido gozan de objetividad e imparcialidad y la parte apelante, ni siquiera ofrece alternativa alguna para efectuar el cálculo.
(Sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón, de 3 de diciembre de 2018, recurso 475/2018)