Prueba pericial e imposibilidad de ratificación de informes en juicio
Delito contra la Hacienda Pública. Prueba pericial. Práctica de la prueba. Ratificación de informes. Derecho de defensa.
Delito contra la Hacienda Pública y actividad fraudulenta consistente en constituir una Fundación con aparentes fines benéficos para eludir el régimen tributario general. Práctica de la prueba pericial. El derecho a la prueba se extiende, también, a garantizar su práctica de conformidad a las reglas de producción previstas en la ley procesal. Lo que en el caso de las periciales -excepto en aquellos supuestos en los que la ley prevea expresamente la documentalización como medio de acceso de la información al cuadro probatorio, supone que la parte proponente tiene el derecho a que el perito comparezca al acto del juicio a ratificar sus conclusiones y a responder a todas las aclaraciones que, pertinentes y necesarias, se le puedan formular. Toda conclusión pericial es la consecuencia de la aplicación de un previo modelo de observación y análisis desarrollado por el perito que la formula. En esa medida, el perito adquiere conocimientos propios e intransferibles sobre el objeto pericial que las partes tienen derecho a escrutar y someter al debate contradictorio. La cláusula de confrontación plenaria que garantizan tanto el Convenio de 1950 como la Constitución solo puede ceder en supuestos excepcionales.
Admitido el dictamen debería haberse procurado la presencia del perito para su ratificación y la imposibilidad de desplazamiento a la sede judicial por causas relacionadas con la pandemia por COVID no impedía el cumplimiento teleológico de las exigencias para la admisión de pruebas. Pero la irregularidad no arrastra la nulidad del juicio pretendida pues no detectamos que, pese a ella, se haya afectado al nivel exigible de equidad del proceso, reduciendo de manera constitucionalmente incompatible las expectativas de defensa. La parte no identifica suficientemente en qué medida la presencia del perito hubiera comportado un significativo reforzamiento de la posición de la defensa.
(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal, de 16 de febrero de 2023, recurso 1218/2021)