Delito de abandono de familia por guardadores de hecho

La guarda de hecho respecto de un menor genera una serie de deberes en el guardador respecto al menor, cuyos incumplimientos, en algunos supuestos, pueden hacer derivar responsabilidades de índole penal en aquellos. La protección del interés del menor es uno de los pilares en los que se sustenta el ordenamiento jurídico, caminando las sucesivas reformas del mismo en dicha dirección.

Palabras claves: abandono de familia, ausencia escolar y guarda de hecho.

Ángel Muñoz Marín
Fiscal. Fiscalía General del Estado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 179 (diciembre 2015)

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