Decretos legislativos, excesos de delegación y control jurisdiccional: un nuevo enfoque para un problema que en realidad no lo es

La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y la jurisprudencia consagran el control de los excesos de delegación de los decretos legislativos por la jurisdicción ordinaria, además del que corresponde al Tribunal Constitucional. Doctrinalmente, en cambio, se enfrentan dos posiciones: la que califica la delegación legislativa como delegación recepticia acepta esa competencia sin negársela al Tribunal Constitucional, coincidiendo con la práctica legislativa y jurisprudencial; sin embargo, la que atribuye rango incondicionado de ley a los decretos legislativos otorga ese control al Tribunal Constitucional en exclusiva, negándoselo a la justicia ordinaria, a quien solo correspondería la fiscalización de la correcta tramitación de las normas gubernamentales delegadas. Ambos posicionamientos doctrinales presentan inconsistencias: el mero rango reglamentario del decreto legislativo ultra vires que apoyaría el control jurisdiccional ordinario solo aflora con la sentencia firme estimatoria, y no existe en el momento de la impugnación, mientras que la teoría del monopolio del Tribunal Constitucional se sustenta en una interpretación contra litteram del plural «tribunales» utilizado al efecto en el artículo 82.6 de la Constitución. Este trabajo propone un enfoque integrador de ambos paradigmas doctrinales, consistente en considerar que el rango de ley de los decretos legislativos es una ficción constitucional condicionada al ajuste de estos a su respectiva ley de delegación, lo que atribuye un valor sustancial al plural «tribunales» empleado por dicho precepto, conforme con su propia literalidad y con la efectiva praxis legislativa y jurisprudencial, todo lo cual exceptuaría en esta materia concreta el carácter concentrado de nuestro modelo de control de constitucionalidad de las normas con fuerza de ley.

Palabras clave: decretos legislativos, ultra vires y control.

Francisco Javier Donaire Villa
Profesor Titular de Derecho Constitucional.
Universidad Carlos III de Madrid.

Este trabajo ha sido seleccionado para su publicación por: don Francisco Monterde Ferrer,
don José Luis Martínez Morales, don José Manuel Palau Navarro, doña Remedio Sánchez Ferriz y don Ricardo de Vicente Domingo.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 156 (enero 2014)

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