Percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas
Régimen de protección de los compradores de viviendas, en relación con las cantidades anticipadas como parte del precio. La garantía de devolución de los anticipos está vinculada a la efectiva construcción y entrega de la vivienda dentro del plazo contractual, siendo consecuencia de ello que dicha garantía no puede subsistir si la resolución es anterior al cumplimiento de la obligación del vendedor. Los compradores tienen derecho a reclamar de la aseguradora o avalista la devolución de los anticipos con base en un aval o seguro colectivo, aunque no se hubiera llegado a extender un aval individualizado. El banco no puede oponer el límite de cantidad de garantía del aval o el tiempo de vigencia, pues la ley no establece límites, sino que obliga a devolver las cantidades entregadas más el seis por ciento de interés anual.
José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 258 (julio 2022)