El TC avala la constitucionalidad del régimen andaluz de concesión de licencias VTC

Constitucionalidad del Decreto-ley de la Junta de Andalucía 8/2022. Límites materiales. Autonomía local. Competencias sobre transportes terrestres. Concesión de autorizaciones de vehículos de transporte con conductor.

El tribunal aprecia que las circunstancias reflejadas en la exposición de motivos del decreto-ley impugnado y puestas de manifiesto durante la fase de convalidación reflejan, más allá de una mera conveniencia política, una situación de hecho que permite concluir, en el ámbito del control externo que compete realizar a este tribunal, que existen razones suficientes para apreciar la existencia de una situación de extraordinaria y urgente necesidad.

La garantía institucional de la autonomía local es un concepto jurídico de contenido legal, que permite configuraciones legales diversas, válidas en cuanto respeten aquella garantía institucional, por lo que el juicio de constitucionalidad ha de limitarse a comprobar si el legislador ha respetado esa garantía institucional. En este caso, este tribunal no aprecia la vulneración de la autonomía local alegada por los recurrentes, máxime cuando lo que se cuestiona no es tanto el atribuir a la comunidad autónoma la competencia para regular los arrendamientos de VTC en el supuesto en que presten sus servicios en el ámbito urbano, sino el modelo de regulación en sí mismo, frente al adoptado en otras comunidades autónomas (así, en la demanda, se cita el caso catalán que atribuye a los municipios la competencia para otorgar las licencias y modificar las condiciones del servicio). La discrepancia respecto de un modelo de regulación determinado, adoptado en aras de las diversas opciones que tiene el legislador como expresión del pluralismo político, no se ha de traducir necesariamente en la inconstitucionalidad del mismo.

(Sentencia del Tribunal Constitucional, Pleno, 111/2024, de 10 de septiembre de 2024, rec. de inconstitucionalidad núm. 8367/2022, BOE de 12 de octubre de 2024)