Catalá confirma la revisión y clasificación de todas las causas penales pendientes a la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha asegurado que la colaboración entre los letrados de la Administración de Justicia y los fiscales ha permitido finalmente la revisión de las 302.132 causas que estaban pendientes de calificación el pasado 6 de diciembre de 2015, fecha de entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La mayoría de estas causas se refiere a delitos contra el patrimonio. Le siguen los delitos contra la vida y la integridad, como pueden ser coacciones, lesiones u otro tipo de agresiones.
El ministro ha agradecido el esfuerzo, compromiso y voluntad de jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y personal al servicio de la Administración de Justicia por cumplir con el mandato legal y ha recordado que para abordar este proceso de revisión y calificación, el Ministerio de Justicia ha puesto a disposición de las fiscalías los medios necesarios, como 80 nuevas plazas de fiscales de refuerzo, el apoyo adicional de un importante número de funcionarios, con una partida de 1.647.877 € de financiación extraordinaria, así como el refuerzo de los medios informáticos.
Catalá ha asegurado que esta actuación que hoy ha llegado a su fin, ha permitido la puesta al día de las causas pendientes en los juzgados españoles y la reactivación de su tramitación. Además, la reducción en más de 2,5 millones de los asuntos que entran en la jurisdicción penal debido a diversas medidas paralelas adoptadas redundará en una mayor agilidad en la tramitación de los asuntos.
Con el nuevo modelo, jueces de instrucción y fiscales trabajarán siguiendo el principio de corresponsabilidad en la investigación, lo que confiere mayores garantías.
Las ventajas del nuevo mecanismo para el ciudadano se traducen en una racionalización del tiempo de instrucción de las causas penales, con plazos más razonables, proporcionados a la entidad de cada causa y flexibles, pues son susceptibles de prórroga cuando así sea necesario. Además, para evitar retrasos injustificados, los responsables de la instrucción deberán motivar suficientemente la solicitud de prórroga, lo que favorece la seguridad jurídica de las víctimas del delito y de los investigados.
Entre las medidas para mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia, el Gobierno aprobó esta reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que limita a seis meses la instrucción penal para los asuntos sencillos, mientras que para los clasificados como complejos, la instrucción será de 18 meses prorrogables hasta otro plazo máximo similar, susceptible incluso de una prórroga excepcional. Otra medida impulsada por este Gobierno para una Justicia más rápida es la supresión de las faltas. Con la reforma del Código Penal, algunas pasan a ser delitos leves o infracciones administrativas. Estos juicios, que colapsaban los juzgados y cuyo número no dejaba de crecer, han descendido en un 54,08% en el primer trimestre del año.
Por otro lado, los atestados por delitos sin autor conocido que generaban una excesiva burocracia, ya no se remiten automáticamente a los juzgados sino que siguen siendo investigados por la Policía.
Además, se han generado nuevos mecanismos para que asuntos que antes congestionaban los juzgados puedan ahora resolverse anticipadamente mediante el denominado procedimiento de aceptación por decreto.
Por último, se han reformado las reglas de conexidad para favorecer instrucciones más rápidas y acabar con los macroprocesos de forma que cada delito dará lugar a la formación de una única causa.
A continuación, se detalla el número de causas pendientes de revisión por comunidad autónoma desde la entrada en vigor de la reforma de la LECrim hasta el día de hoy: