La Cámara aprueba el proyecto que permite aplicar el mecanismo de financiación para el pago a proveedores de entidades locales
El Congreso de los Diputados aprobó hoy el proyecto de Ley Orgánica por la que se excluye del ámbito de aplicación de la disposición adicional de la Ley Orgánica 3/2006, de 26 de mayo, de reforma de la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, a determinados mecanismos de financiación.
Esta iniciativa, impulsada tras la aprobación del Real Decreto que establece un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, se tramitó por el procedimiento de lectura única y superó, con 186 votos a favor, 101 en contra y 25 abstenciones, la mayoría absoluta en la votación de conjunto, necesaria por tratarse de Ley Orgánica. Una vez aprobada en el Congreso, pasará a debatirse en el Senado.
La Disposición Adicional de la Ley 3/2006 a la que se refiere este proyecto establece que "el Estado no asumirá ni responderá de los compromisos de las Comunidades Autónomas y de los entes vinculados o dependientes de ellas, sin perjuicio de las garantías financieras mutuas para la realización conjunta de proyectos específicos".
El Gobierno justifica este proyecto de ley que la persistencia de la actual crisis económica ha puesto de manifiesto la necesidad de adoptar medidas urgentes y extraordinarias para incrementar la liquidez y favorecer el equilibrio financiero y presupuestario de las Administraciones públicas.
Los retrasos en los pagos de las Administraciones y la dificultad en el acceso al crédito está provocando un efecto directo en la actividad económica tanto de las empresas afectadas como de los proveedores de las mismas, lo que puede derivar en un incumplimiento generalizado por todas ellas de la normativa vigente en materia de morosidad.
Para evitar estos indeseables efectos que retroalimentan la situación generalizada de crisis, la Administración del Estado ha iniciado la puesta en marcha de un mecanismo extraordinario de financiación para que las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales puedan, de forma urgente y excepcional, hacer frente a sus obligaciones pendientes de pago con sus proveedores.
La puesta en marcha y, por tanto, la efectividad y eficacia del mecanismo financiero requiere de las consiguientes garantías que permitan asegurar el cumplimiento por las Administraciones afectadas de sus compromisos financieros y de las demás exigencias necesarias para la implantación y funcionamiento del mecanismo.
Así, el artículo único de este proyecto indica que los mecanismos extraordinarios de financiación que puedan habilitarse por el Estado durante el ejercicio 2012 con el fin de que las Comunidades Autónomas hagan frente a las obligaciones pendientes de pago con sus proveedores anteriores al 1 de enero de 2012, quedarán excluidos del ámbito de aplicación de la disposición adicional de la Ley Orgánica 3/2006, de 26 de mayo, de reforma de la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.
El proyecto fue aprobado con enmiendas del Grupo Popular por las que se suprime la limitación de su aplicación a las obligaciones de pago "derivadas de la contratación de obras, suministros o servicios". Esta modificación se acordó con 295 votos a favor, 6 en contra y 18 abstenciones.
Fuente: Congreso de los Diputados