El auto de cuantía máxima como título ejecutivo
El presente trabajo de investigación parte del contenido histórico del auto de cuantía máxima, antes de la reforma operada por Ley 35/2015, de 22 de septiembre, en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, ya que la emisión del auto de cuantía máxima antes de la reforma posibilitaba a las víctimas de tráfico la delimitación económica del daño corporal sufrido dentro de los límites del seguro obligatorio y su eficaz reclamación en un proceso ejecutivo, ya que en este, el deudor solo podría oponer la culpa exclusiva, concurrencia de culpas o fuerza mayor extraña al vehículo. Sin embargo, esta reforma ha cambiado totalmente el panorama, ya que, aunque el auto de cuantía máxima como título ejecutivo sigue existiendo, como vamos a ir explicando, a nuestro entender esta reforma ha vaciado totalmente la utilidad de dicho mecanismo.
Palabras claves: auto de cuantía máxima; título judicial ejecutivo; accidentes de tráfico; seguro obligatorio.
Berta Leal Cañadell
Abogada del Estado.
(Habilitada para la defensa y representación del Consorcio de Compensación de Seguros)
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 259-260 (agosto-septiembre 2022)