Aprobado el Reglamento de la Ley de Mediación familiar de Andalucía
Con fecha de 7 de marzo, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha publicado el DECRETO 37/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La mediación familiar, según viene definida en la Ley, es un proceso extrajudicial para la gestión de conflictos no violentos que pudieran surgir entre los miembros de una familia o grupo convivencial, mediante la intervención de profesionales especializados que, sin capacidad de decisión sobre el citado conflicto, les asisten facilitando la comunicación, el diálogo y la negociación entre ellos, al objeto de promover la toma de decisiones consensuadas en torno a dicho conflicto.
El Decreto 37/2012, recoge y desarrolla a lo largo de sus 33 artículos estructurados en capítulos los siguientes aspectos:
- Registro de Mediación Familiar. Se determina su carácter y adscripción, funciones, organización y funcionamiento, requisitos para las inscripciones y anotaciones en el registro, solicitudes de inscripción, modificación y cancelación registral, procedimientos de inscripción, modificación y cancelación, sistema de turnos, remisión e información al Registro y comunicación con los Colegios Profesionales y publicidad y validez del Registro de Mediación Familiar.
- Formación de las personas mediadoras. Se concretan los requisitos requeridos para acreditar la formación específica y la experiencia en mediación familiar.
- Procedimiento de mediación familiar. Basado por su propia naturaleza en el principio de autonomía de la voluntad, regula las formas de designación y actuación de la persona mediadora, la duración del proceso de mediación y desarrollo del mismo, así como los supuestos de gratuidad de la mediación familiar.
- Consejo Andaluz de Mediación Familiar. Desarrolla su naturaleza, composición y funciones.
- Régimen sancionador y órganos competentes para acordar su iniciación e imponer las sanciones previstas.