Aprobada la puesta en marcha del Tablón Edictal Único en el Boletín Oficial del Estado
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la ordenación del Boletín Oficial del Estado con el fin de poner en marcha, a partir del 1 de junio de 2015, un Tablón Edictal Único dentro de este Boletín Oficial.
Con esta modificación del Boletín Oficial del Estado, que es la cuadragésima segunda que se efectúa a través de un Real Decreto de entre las que figuraban en el Informe de la Comisión para las Reforma de las Administraciones Públicas, se da un nuevo paso hacia la modernidad y la eficiencia en la Administración, así como hacia la sencillez en los trámites para los ciudadanos.
Este Tablón Edictal Único, el BOE a la carta y las notificaciones electrónicas eran las tres medidas clave para garantizar unas relaciones más fluidas en las comunicaciones entre la Administración y los ciudadanos.
Antecedentes
Hasta ahora, la Administración correspondiente enviaba notificaciones postales con un coste de 2,5 euros por cada una para la Administración afectada, entrega que debía debe intentarse en dos ocasiones a horas distintas. Si no se conseguía entregar una notificación al interesado, bien porque se desconocía su identidad o su domicilio, o bien porque no se encontraba en el mismo cuando se iba a notificar, la Administración tenía que recurrir a una notificación edictal, que se realizaba mediante la publicación de un anuncio.
En un principio, estos anuncios se publicaban en uno de los 63 boletines oficiales existentes (en el del Estado, en los autonómicos o en los provinciales), lo que complicaba su conocimiento, más aún cuando los actos que se publicaban afectaban a ciudadanos residentes en otro territorio. Sin embargo, en los últimos años han surgido además nuevos tablones edictales en ámbitos como el fiscal, tráfico, Seguridad Social, empleo, etcétera.
Así, al menos en teoría, los ciudadanos tenían la obligación de consultar todos los diarios oficiales y tablones edictales para estar seguros de que no tenían una notificación pendiente. Con la publicación del edicto, legalmente al ciudadano se le daba por notificado y corría el plazo para alegar, pagar o ejercer los derechos que considere.
Comunicaciones electrónicas
Las notificaciones son cada vez más electrónicas, hasta el punto de que 2014 se realizaron un total de 47 millones de notificaciones electrónicas y actualmente el 90 por 100 de las comunicaciones y notificaciones a empresas se efectúan electrónicamente. El Proyecto de Ley del Procedimiento Administrativo que se debate actualmente en las Cortes Generales incide en este ámbito para impulsar la Administración totalmente electrónica, con cero papel.
La notificación electrónica es más rápida, segura y cómoda para los ciudadanos, lo que reducirá las notificaciones fallidas. En todo caso, si la notificación, sea electrónica u ordinaria, no es posible, a partir del 1 de junio, y con una serie de plazos transitorios para varios tablones, todas las notificaciones se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, con independencia de la Administración u órgano que las notifique.
Las Administraciones podrán publicar también en otros diarios o tablones, pero la publicación en el Boletín Oficial del Estado será la única necesaria en todo caso y la determinante a efectos de cómputo de plazos.
Este Tablón Edictal, como se decía anteriormente, se vincula con otra de las medidas CORA ya en vigor que es el BOE a la carta, mediante el cual se pueden enviar avisos al correo electrónico demandado cuando se publicara algo que contenga palabras clave previamente seleccionadas por el interesado. Por tanto, cualquier ciudadano puede gratuitamente darse de alta en el BOE a la carta y solicitar ser avisado cuando, por ejemplo, su número de DNI aparezca en el Boletín Oficial del Estado.
Fuente: Moncloa