Administración local. Personal al servicio de la corporación. Contrato administrativo de servicios. Utilización de bienes públicos
El supuesto práctico plantea diversas cuestiones jurídicas en un ayuntamiento en torno a cuatro temas fundamentalmente: cuestiones referentes al personal al servicio de la corporación, la aprobación de la oferta de empleo público sin que se efectúe la correspondiente convocatoria, un contrato administrativo de servicios y la utilización y enajenación de un bien propiedad de aquella. Respecto a la primera cuestión se plantea el ajuste a derecho de la intención del alcalde de contratar como personal eventual a dos personas, la supresión de determinados puestos de trabajo, mediante la oportuna modificación de la RPT, que estaban siendo ocupados y desempeñados por personal eventual, y la creación de otros tantos puestos de la misma naturaleza pero con distinta denominación, habiéndose aprobado aquella sin la oportuna negociación colectiva, y posibles supuestos de incompatibilidad. En cuanto a la segunda cuestión, la aprobación por el pleno de la oferta de empleo público, al no efectuarse la oportuna convocatoria se interpone recurso por inactividad de la Administración. Finalmente, sobre las últimas cuestiones, el ayuntamiento contrata con una empresa especializada la información y promoción de la actividad turística de interés del ámbito local para dar a conocer el municipio y su patrimonio artístico y cultural y su gastronomía, prestándose el servicio en un inmueble dedicado, hasta entonces, a oficina administrativa del ayuntamiento. Finalizada la ocupación del local, el ayuntamiento otorga gratuitamente la utilización del mismo, hasta que decide desafectarlo y enajenarlo.
Palabras claves: relación de puestos de trabajo; oferta de empleo público; convocatoria; personal eventual; compatibilidades; contrato administrativo de servicios.
Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF.-
Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 206 (marzo 2018)