Acceso al Registro de la Propiedad de resoluciones judiciales no firmes
En su reciente Resolución de 3 de diciembre de 2011, la Dirección General de los Registros y del Notariado decide sobre un recurso interpuesto contra la nota de calificación del Registrador de la Propiedad, en la que se deniega la anotación preventiva de una sentencia no firme, dictada por un juzgado de lo Contencioso-Administrativo, que declara la nulidad del acuerdo municipal aprobatorio de la modificación de un proyecto de reparcelación.
Mantiene el Registrador que de los artículos 42 de la Ley Hipotecaria, 51 y 52 del Texto Refundido de la Ley de Suelo y 67 a 70 del Real Decreto 1093/1997 se infiere que sólo son admisibles la anotación preventiva de la interposición de recurso contencioso-administrativo y la inscripción de la sentencia firme.
Ante tal calificación, la Dirección General replica señalando que el artículo 51 del Texto Refundido de la Ley de Suelo no contiene una enumeración cerrada o excluyente de los actos que pueden tener acceso al Registro de la Propiedad. Y en tal sentido, reitera su propia doctrina según la cual las resoluciones judiciales no firmes que contienen pronunciamientos llamados a desembocar en un asiento principal en el Registro pueden acceder a los libros mediante un asiento más conforme con su provisionalidad como es la anotación preventiva, suficiente para impedir que los principios de legitimación y fe pública registral desplieguen sus efectos ante la posible transmisión de los bienes o derechos afectados por la misma.
Analiza a continuación el contenido del artículo 524.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y su aplicabilidad al orden jurisdiccional contencioso-administrativo para, finalmente, concluir que puede acceder a Registro, vía anotación preventiva y siempre que concurran el resto de circunstancias exigibles con carácter general, una sentencia no firme procedente de Juzgado de lo Contencioso Administrativo que declare la nulidad de un acuerdo aprobatorio de modificación de un proyecto de reparcelación.