España apoya la orden europea de retención de cuentas corrientes de deudores para facilitar el cobro transfronterizo de créditos
Alberto Ruiz-Gallardón destaca este instrumento novedoso en el derecho de la UE como un gran avance en el ámbito de la cooperación judicial en Derecho civil y mercantil.
Los ministros de Justicia e Interior de la Unión Europea, reunidos el viernes 6 de diciembre en Bruselas, han debatido la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo relativa a la creación de una orden europea de retención de cuentas (OERC) que imposibilitará la retirada o transferencia de fondos de las cuentas que un deudor pudiera tener localizadas en otro Estado miembro. Se trata de una medida preventiva de embargo con carácter transfronterizo (no aplicable a casos estrictamente nacionales) que podría solicitarse y emitirse de manera previa al inicio de un procedimiento judicial (medida cautelarísima), durante su tramitación (medida cautelar) o una vez se disponga de un título ejecutivo judicial o extrajudicial (medida de ejecución).
El ministro de Justicia español ha declarado que "la OERC es otro progreso significativo en el ámbito de la cooperación judicial en Derecho civil y mercantil, que muestra la voluntad de la Unión Europea de seguir avanzando en la coordinación de sus legislaciones, en este caso mediante un instrumento absolutamente novedoso tanto para el Derecho de la Unión como para el Derecho Internacional Privado".
En efecto, este instrumento busca asegurar la ejecución de sentencias, garantizando el cobro de las deudas sujetas a un litigio, para lo cual no existía un procedimiento europeo específico. La delegación española ha compartido desde el principio este objetivo y ha participado muy activamente en las negociaciones de este Reglamento, que supone el primer paso de la UE en el terreno concreto de las medidas cautelares.
Ruiz-Gallardón ha señalado que "queda ahora un importante trabajo a realizar para adaptar nuestras legislaciones y detectar cuáles son los problemas que puedan surgir con la puesta en práctica de esta herramienta". Así, una de las cuestiones principales que se deberá seguir discutiendo a partir de ahora en el parlamento europeo es la forma en la que el acreedor podrá obtener información sobre las cuentas del deudor para poder congelar o retenerla y evitar la retirada o transferencias de los fondos.
Registros de insolvencia
Los ministros de Justicia también han abordado la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modificaría uno previo del año 2000 referido a los procedimientos de insolvencia.
Se trata en esta ocasión de obligar a los Estados miembros a crear un registro de insolvencias transfronterizas que deberá interconectarse electrónicamente para hacer posible su acceso mediante el portal de la UE e-Justice.
Estos registros contarían con dos tipos de datos: los obligatorios (básicamente el nombre del deudor, nombre y dirección del síndico, órgano competente, tipo de procedimiento, etc…) a los que se accedería mediante la citada interconexión; y los adicionales (por ejemplo, el contenido de la resolución de apertura del procedimiento, inhabilitaciones para el ejercicio del comercio, etc..) que fijarían libremente los Estados miembros, incluyéndolos o no en la interconexión.
Durante el debate de esta propuesta, España ha solicitado la inclusión de una instancia relativa a la publicación obligatoria de la apertura de un procedimiento en el Estado miembro donde haya un establecimiento del deudor, siempre de acuerdo con las normas de cada Estado miembro sobre tal publicación.
En principio, el sistema de interconexión funcionaría de forma gratuita para el acceso a los datos obligatorios, pero los Estados miembros podrían establecer una tasa para el acceso a los datos adicionales.
Ruíz-Gallardón ha defendido "la gratuidad de los registros de insolvencia y, consecuentemente, de su interconexión", punto de desacuerdo con otros Estados miembros, que solicitan libertad para determinar ambos aspectos.
La complejidad de este expediente hace que algunas cuestiones polémicas, como la legitimación para impugnar la competencia en la apertura de un procedimiento de insolvencia o la inclusión de las personas físicas - al menos comerciantes y profesionales-en el sistema de interconexión registral, pospongan de momento su aprobación definitiva.
Ventanilla única de protección de datos
Otro de los asuntos discutidos entre los ministros de Justicia ha sido la necesidad de implantar una ventanilla única para adoptar medidas correctivas relativas a la protección de datos, aunque la decisión final sobre este asunto se ha postergado para las reuniones del próximo semestre.
La postura española ha sido desde el comienzo la de un modelo mixto. Ruiz-Gallardón ha defendido "sin ningún género de dudas" el principio general de esa ventanilla única, de forma que se aplique para resoluciones sobre los efectos jurídicos de las empresas demandadas. Sin embargo, ha pedido también que "para garantizar la tutela efectiva de los derechos de los ciudadanos" se mantenga el principio de territorialidad, de forma que los ciudadanos o pequeñas empresas puedan realizar sus reclamaciones en sus países de origen y no se sean obligados a acudir a las jurisdicciones de otros países con todos los inconvenientes que esto puede generar. Esta sería la fórmula para facilitar el funcionamiento y desarrollo de las empresas sin desproteger a los ciudadanos.
Fuente: Moncloa