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Instalación de ascensor en comunidad de propietarios sometida a la LPH (en abierto)

La demandante interpone una demanda contra la comunidad de propietarios por los perjuicios que le produce la instalación de un ascensor a cota cero, en un patio interior en la comunidad al verse privada de luces y vistas desde su ventana del dormitorio, ya que el mismo ocupa una parte dejando libre una de mucho menor tamaño, así como por la falta de privacidad dentro de su domicilio al tener una panorámica de toda su habitación, así como de luz y ventilación. Manifiesta que la instalación del ascensor en el edificio de cuatro plantas le perjudica y solicita una indemnización de 10.000 euros. la. La obra fue acordada por la junta de la comunidad en la que se acordó la contribución a los gastos se hiciera por todos los copropietarios, incluso los de los pisos bajos. La vivienda se encuentra en un piso interior de una planta intermedia. La comunidad fue avisada por el propietario del piso afectado indicando que la instalación del ascensor perjudicaba su vivienda y afectaba a su privacidad ya que ofrecía una vista completa de la habitación, pero ante su negativa a indemnizarle incluso con devolución de parte de lo pagado por él como copropietario o resolver de alguna manera esos inconvenientes, decidió interponer la demanda a la comunidad.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 270 (julio 2023)

El CGPJ acuerda la suspensión de los plazos procesales en toda España durante los días 28 y 29 de abril

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por razones de fuerza mayor, a la vista del del apagón eléctrico sufrido ayer en España y como continuación al acuerdo tomado en la noche de ayer, ha acordado suspender durante los días 28 y 29 de abril de 2025 los plazos previstos en las leyes procesales en los órganos judiciales de toda España.

En la página web del Consejo General del Poder Judicial se ha publicado un comunicado de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por razones de fuerza mayor, a la vista del del apagón eléctrico sufrido ayer en España y como continuación al acuerdo tomado en la noche de ayer, ha acordado lo siguiente:

Selección de doctrina registral (del 1 al 15 de abril de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 1 al 15 de abril de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de abril de 2025)

Medidas mercantiles en respuesta a la amenaza arancelaria

Medidas mercantiles en respuesta a la amenaza arancelaria. Imagen de la bandera de EEUU y la de la UE chocandose

El BOE publica hoy el Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial, que hilvana, en seis artículos, cuatro disposiciones adicionales y dos finales, el Plan de Respuesta y Relanzamiento Comercial, diseñado por el Gobierno de España.

Este Plan pretende mitigar los impactos negativos del shock arancelario favoreciendo la inversión productiva y facilitando la liquidez y la actividad exportadora de las empresas afectadas. Las medidas contenidas en este Plan van destinadas a ayudar a las empresas españolas a adaptarse a la nueva situación, protegiendo la economía y garantizando a los trabajadores y empresas el apoyo necesario para que el impacto sobre la actividad sea el mínimo posible e, incluso, puedan aprovechar esta oportunidad para abrir nuevos mercados.

El artículo 1 aprueba de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras para atender necesidades de liquidez o de inversión derivadas de la imposición por Estados Unidos de aranceles a la importación, cuyo régimen de cobranza y garantías se regula en el artículo 2, siéndole aplicable el régimen jurídico de recuperación y cobranza previsto en la Disposición Adicional Octava de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal.

Prórroga del programa Moves III hasta fin de año 2025

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha acordado prorrogar el Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), hasta el próximo 31 de diciembre, con carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero. La medida se incluye en un real decreto-ley que prevé una dotación económica de 400 millones de euros para mantener el apoyo a la compra de vehículos eléctricos y la infraestructura de recarga, así como el restablecimiento de la deducción del 15% en el IRPF. De igual modo, el real decreto-ley prevé la posibilidad de que las comunidades autónomas incorporen nuevas simplificaciones administrativas en la tramitación.

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