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¿Debe el Estado compensar a los arrendadores de viviendas por haber expropiado su derecho contractual a actualizar la renta? (En abierto)

El Real Decreto-ley 6/2022, dictado por el Gobierno y convalidado por el Congreso español, limita a un 2 % la actualización (en 2022 y 2023) de las rentas de los arrendamientos de vivienda, como medida transitoria para paliar los efectos de la guerra de Ucrania sobre la población. El presente trabajo sostiene que esta disposición, aun siendo admisible en su contenido específico, conlleva una expropiación que debe ser indemnizada. Al hilo de este concreto supuesto, se realizan varias interpretaciones dogmáticas, de utilidad general, sobre los requisitos que debe cumplir una regulación del derecho de propiedad para ser viable sin compensación: no legitima la medida el hecho de que se dirija a un colectivo abstracto o no suponga vaciamiento total del derecho; la clave de su legitimidad consiste en un juicio de proporcionalidad, que debe ser, sin embargo, uno de mera razonabilidad para no coartar la libertad de apreciación del Parlamento; el procedimiento para exigir indemnización será el general de responsabilidad patrimonial del legislador (lo que determina la competencia administrativa y judicial para resolver y el plazo para actuar), sin que esto cambie el fundamento sustantivo de la reclamación, que sigue siendo la existencia de una expropiación; más lo anterior no supone el destierro de principios como los de motivación, igualdad o confianza legítima, los cuales configuran el protocolo o due process al que debe sujetarse el intento de delimitar el derecho.

Palabras claves: responsabilidad; expropiación; Estado-legislador; arrendamiento; renta; actualización.

Javier Serra Callejo
Abogado

Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2023 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Raúl Leopoldo Canosa Usera, doña Ana Cremades Leguina, doña Silvia Díaz Sastre, don Rafael Fernández Valverde y don Luis Pérez de Ayala Becerril.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 274 (noviembre 2023)

Legitimación activa de los copropietarios para promover el precario (En abierto)

Los copropietarios de una vivienda que son titulares del 50 % de la misma, tienen legitimación activa para iniciar con una demanda la acción de precario en nombre de la comunidad de propietarios, cuando conste la voluntad contraria del copropietario que es titular del otro 50 %; el uso de la vivienda por la parte demandada de dicho acción judicial, se apoya en la sola voluntad de una copropietaria que no tiene el poder de disposición en exclusiva del derecho de uso de la vivienda, al ser titular solo de una mitad indivisa, no ostentando por lo tanto, la mayoría. No existe causa ni justificación en la pretensión de los demandados, intentando mantener el uso de la vivienda que les fue cedida en precario por una copropietaria, en claro perjuicio de los restantes copropietarios. Derecho de los demandantes a vender la vivienda libre y sin ocupantes.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 269 (junio 2023)

Derogación del RDLey 9/2024 de medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social

Se publica en el BOE de 23 de enero de 2025 la Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 309, de 24 de diciembre de 2024 y corrección de errores en el «Boletín Oficial del Estado» número 19, de 22 de enero de 2025.

Anteproyecto de Ley Orgánica para la ampliación y fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal

Anteproyecto de Ley Orgánica para la ampliación y fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal. Imagen de la figura de un hombre señalando digitalmente una balanza de justicia

El Anteproyecto de Ley Orgánica para la Ampliación y Fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal aprobado por el Consejo de Ministros tiene como objetivo adecuar la Administración de Justicia y la labor de sus profesionales a la nueva realidad de este servicio público y a las demandas sociales emergentes.

Se trata de la mayor reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, y afianza la gran transformación de la Justicia que está llevando a cabo este Gobierno basada en los principios de digitalización, modernización y vocación social.

Los ejes fundamentales de la actualización de esta ley son: promover la igualdad de oportunidades en el acceso de los profesionales del sistema judicial; buscar la excelencia y diversidad de los miembros de la Administración de Justicia; mejorar su carrera profesional; e impulsar la pluralidad y la transparencia de sus estructuras.

Jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 al 15 de enero de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 1 al 15 de enero de 2025)

Selección de doctrina registral (del 1 al 15 de enero de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 1 al 15 de enero de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de enero de 2025)

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