Artículos de Interés

Artículos doctrinales de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Consecuencias penales y tributarias a la modificación fraudulenta de los smart contracts. Especial referencia al caso The DAO

La modificación de los denominados smart contracts –«contratos» que se formalizan en el código de un blockchain– supone que, por su mecánica de funcionamiento en la cadena de bloques que los configura como «autoejecutables», en el caso de que se produzca una alteración fraudulenta de los mismos que derive una transmisión patrimonial, esta modificación sea difícilmente corregible, aunque sea detectable para las partes. El ejemplo paradigmático fue el conflicto de The DAO, en la que una parte los miembros de la red aceptaba el fraude por no infringir los principios de no intervención y modificación del código. El objetivo de este análisis es la determinación de las posibles consecuencias jurídicas que nacen en torno a este tipo de situaciones.

Palabras claves: criptodivisas; Ethereum; smart contracts; DAO.

Marta María Aguilar Cárceles
Profesora contratada doctora de Derecho Penal y Criminología.
Universidad de Murcia

Norberto Miras Marín
Profesor asociado (acreditado a ayudante doctor)
de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Murcia

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 231 (abril 2020)

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La instrucción del procedimiento del recurso especial en materia de contratación pública

La figura del recurso especial es clave para conseguir el efectivo control a la Administración en sede de contratación pública y facilitar al interesado, licitador, la resolución de su conflicto con esta Administración. Para ello, además de preconizarse como instrumento rápido y eficaz, debe conseguir que cuando el afectado no vea satisfecha su pretensión, se le facilite acudir a la sede contencioso-administrativa o en vía administrativa mediante el acceso al recurso especial, porque debe encontrar una garantía fuerte y eficaz frente a posibles actos irregulares, que se logra si se es ágil en la resolución, evitándose estrategias procesales que impidan esa eficacia reclamada desde Europa.

Palabras claves: recurso especial; instrucción; control; contratos; procedimiento.

José Enrique Candela Talavero
Doctor en Derecho
Secretario de Administración Local

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 231 (abril 2020)

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La normativa europea sobre energía y su vinculación con el derecho ambiental en pos del desarrollo sostenible: su progresiva relevancia hasta el actual paquete legislativo «energía limpia»

El desarrollo sostenible constituye uno de los objetivos del proceso de integración europea, tal y como expresa la normativa fundamental de la Unión Europea. Para el logro del mismo, la puesta en marcha de la política medioambiental europea ha sido fundamental, así como la cada vez mayor presencia de la energía en la misma. Precisamente, la energía ha ido adquiriendo progresivamente mayor importancia, estableciéndose una relación constante entre medio ambiente y energía en los diferentes planes y estrategias que tratan de alcanzar el objetivo citado. De una situación inicial de inexistencia de política medioambiental ni energética, se ha pasado a la situación actual en la que el derecho primario europeo recoge el recurso a la política energética como herramienta eficaz de protección medioambiental, lo que se refleja nítidamente en los planes y estrategias que lo desarrollan, así como en los actos legislativos adoptados.

Palabras claves: Unión Europea; desarrollo sostenible; política medioambiental; política energética.

Asier García Lupiola
Profesor agregado.
Universidad del País Vasco (UPV-EHU)

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Riesgo imprevisible y modificación de los contratos

El Derecho español carece de una disposición general que permita la modificación judicial de las relaciones obligatorias en caso de alteración sobrevenida de las circunstancias. La situación de crisis económica ha movido a un sector de la doctrina, siguiendo la estela de las propuestas europeas de armonización del Derecho de contratos, a exigir la revisión de la tradicional aplicación excepcional de la cláusula rebus sic stantibus. Los aires de renovación se han reflejado en los anteproyectos españoles de modernización del Código Civil y del Código Mercantil y han llegado a la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo.
En este trabajo se analiza la posibilidad de que, en ausencia de norma expresa que lo permita, los tribunales procedan a una modificación de los contratos con el fin de mantener el equilibrio inicialmente pactado. Puesto que en nuestro sistema la seguridad jurídica de las relaciones económicas deriva de la vinculación contractual, para evitar que se generen incentivos al incumplimiento que aumenten la litigiosidad, será preciso que las excepciones al principio pacta sunt servanda estén justificadas por criterios claros que puedan fundamentarse en la ley.

Palabras claves: rebus sic stantibus, riesgo imprevisible y modificación contractual.

M.ª Ángeles Parra Lucán
Universidad de Zaragoza

Este trabajo ha sido finalista en el Premio «Estudios Financieros» 2015 en la Modalidad de Derecho Civil y Mercantil.
El Jurado ha estado compuesto por: don Javier Gómez Gálligo, don Fernando Calbacho Losada, don Carlos Calvo Calvo, doña Matilde Cuena Casas y don Claudio Ramos Rodríguez.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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La posible protección del sabor por el derecho de autor

Hoy en día, la gastronomía se erige como expresión del arte. Debido a ello, durante los últimos años ha surgido el debate relativo a la protección que los platos culinarios deberían ostentar en virtud del derecho de autor. Por su parte, los platos culinarios se configuran como creaciones fácticamente complejas, en la medida que pueden ser percibidos a través de diversos canales de exteriorización (gusto, vista, olfato, oído y tacto). No obstante, fue la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de noviembre de 2018 la que pareció zanjar la cuestión al establecer la imposibilidad de calificar un sabor como obra. Efectivamente, a pesar de que el texto refundido de la Ley de propiedad intelectual permite proteger cualquier creación perceptible y original, la imposibilidad de identificar objetivamente un sabor conlleva que no pueda ser amparado jurídicamente. A pesar de ello, dicha imposibilidad es relativa, ya que, si en el futuro las técnicas para la identificación precisa y objetiva de los sabores evolucionan, sería posible proteger un sabor como objeto del derecho de autor. Asimismo, la receta permitiría objetivar la creación culinaria, de tal manera que se eviten los inconvenientes fácticos que suponen sus diferentes formas de expresión y se proteja indirectamente el sabor del plato culinario.

Palabras claves: sabor; plato culinario; derecho de autor; exteriorización; originalidad; identificación objetiva; receta culinaria.

David Fuentes Lahoz
Jurista especializado en propiedad intelectual

Este trabajo ha sido finalista en el Premio «Estudios Financieros» 2019 en la Modalidad de Derecho Civil y Mercantil.
El jurado ha estado compuesto por: don Pedro Vela Torres, doña Rocío Fernández Domínguez, doña María de las Heras García, don Carlos Lema Devesa, don Juan José Marín López y don Miguel Ruiz Muñoz.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 231 (abril 2020)

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Transparencia y protección de datos personales en el ámbito universitario: hacia una universidad abierta

Toda universidad maneja y genera en su día a día un ingente y exponencial volumen de información personal, potenciado por el uso de nuevas herramientas tecnológicas y el proceso de digitalización que vivimos. Esto representa una fuente de recursos que, utilizados de una forma eficaz, pueden favorecer la investigación científica, fomentar el crecimiento económico, la transparencia y, con ella, la participación ciudadana, lo que, en último término, fortalece el principio democrático. No obstante, la exigencia de transparencia debe integrar el respeto a los derechos fundamentales. Diseñar una universidad transparente y comprometida debe hacerse desde el respeto a la privacidad, generando confianza en los ciudadanos a los que sus servicios van dirigidos.

Palabras claves: democracia; educación; protección de datos; transparencia; universidad.

Mónica Arenas Ramiro
Profesora contratada doctora de Derecho Constitucional.
Universidad de Alcalá

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 230 (marzo 2020)

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Responsabilidad por accidentes y una propuesta de futuro

El desarrollo de las nuevas tecnologías comporta multitud de nuevos riesgos, no resultando en ocasiones bastante la regla de la responsabilidad por culpa. Actividades beneficiosas para el desarrollo de la sociedad, al mismo tiempo son generadoras de riesgos, por lo que su ejercicio debe someterse al control preciso para reducir el riesgo a lo mínimo indispensable, para de esta manera ser aceptable. Por todo ello, si bien frente a la regla de la responsabilidad subjetiva ha surgido la regla de la responsabilidad objetiva, deberíamos plantearnos un nuevo modelo de responsabilidad que contemple la atribución de responsabilidad y la asignación de costes, con la finalidad de poder llegar a tener una percepción global de los problemas que surgen, producido un accidente.

Palabras claves: responsabilidad; riesgo; daños; diligencia.

Juan Panisello Martínez
Abogado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 230 (marzo 2020)

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El valor jurídico de los incoterms en la jurisprudencia española: pasado, presente y futuro

A medida que va creciendo la actividad comercial en el mundo, los legisladores no son capaces de seguir el ritmo frenético de la expansión del comercio internacional. Así, al igual que ocurría ya en la Edad Media, son los propios comerciantes y empresarios los que están creando un nuevo sistema legal supranacional llamado lex mercatoria, para así poder desarrollar con garantías su actividad comercial. La base de dicho sistema es el derecho contractual. Sectores tan dinámicos como el de los seguros o el transporte han creado ya sus propias normas, vía modelos contractuales o contratos estandarizados, que aplican regularmente en sus relaciones internacionales. Los contratos modelo se han convertido de un tiempo a esta parte en fuente de derechos y obligaciones entre las partes en sustitución de las regulaciones nacionales, incapaces de aportar la flexibilidad y el dinamismo necesarios, al igual que el contrato de compraventa internacional de mercancías, los tribunales de arbitraje internacional o los incoterms.
Los incoterms son uno de los elementos más usados en las relaciones comerciales internacionales desde muchos años atrás y que sobreviven en el tiempo; su uso es tan frecuente que la jurisprudencia española ha realizado varios análisis del mismo en diversas sentencias.

Palabras claves: nueva lex mercatoria; globalización; comercio internacional; contratos internacionales; arbitraje internacional.

Alfonso Ortega Giménez
Profesor contratado doctor (acreditado a profesor titular)
de Derecho Internacional Privado.
Universidad Miguel Hernández de Elche

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 230 (marzo 2020)

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La subsistencia o extinción del arrendamiento de vivienda después de la subasta: problemas nuevos o no resueltos tras la reforma de la LAU por el Real Decreto-Ley 7/2019

En el presente artículo se analiza la problemática de los arrendatarios de viviendas que son subastadas por deudas del arrendador, su derecho a permanecer en el inmueble tras la subasta, los casos en que han de abandonarla y las cuestiones conflictivas que la interpretación del artículo 13 de la LAU suscita en la práctica.

Palabras claves: arrendamiento; subasta; hipoteca; embargo; derecho de uso; liquidación de cargas; retracto.

M.ª José Achón Bruñén
Doctora en Derecho Procesal

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 230 (marzo 2020)

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Pasado y presente del contrato menor: Una mirada analítica a su régimen jurídico

En el presente artículo se realiza un análisis jurídico y de la tramitación de los contratos menores tras la entrada en vigor de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, comparando el nuevo régimen jurídico, en el que se potencia la transparencia y la publicidad, frente a la anterior normativa, y recopilando las diferentes interpretaciones respecto al alcance material y temporal de la nueva regulación efectuada por las juntas consultivas de contratación, y de la instrucción del Observatorio de Contratación Pública.

Palabras claves: contratos administrativos; contratos menores; transparencia; publicidad; fraude; fraccionamiento.

Laura Magarzo Fernández
Técnico de auditoría y contabilidad

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 229 (febrero 2020)

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