Artículos de Interés

Artículos doctrinales de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Acreedores cuyas cargas figuran en el registro con anterioridad: perjuicios que sufren si el inmueble es subastado por un gravamen posterior

En el presente artículo se analizan los problemas que ocasiona al acreedor, cuya anotación preventiva de embargo o hipoteca consta en el registro con anterioridad, el hecho de que otro acreedor posterior se adelante a subastar el inmueble.

Palabras claves: embargo; hipoteca; subasta; liquidación de cargas; sobrante.

M.ª José Achón Bruñén
Doctora en Derecho Procesal

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 237 (octubre 2020)

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El nuevo régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Análisis de su condición de responsables civiles

La responsabilidad penal de las personas jurídicas se introdujo por vez primera en la Ley Orgánica 5/2010. En concreto, en el artículo 31 bis del Código Penal.
El legislador previó la responsabilidad penal, directa e independiente, de las personas jurídicas respecto de los propios administradores o directivos de la sociedad.
La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal vino a solventar las lagunas legales sobre la forma en la que las personas jurídicas debían intervenir en el proceso penal, derivadas de las modificaciones que la Ley Orgánica 5/2010 introdujo en el Código Penal.
Ya en el mes de julio de 2015, entró en vigor la Ley Orgánica 1/2015, última reforma del Código Penal, cuya regulación es la que se expone en este artículo.

Palabras claves: responsabilidad penal; empresa; administrador.

Idoya Fernández Marcaida
Abogada

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 235-236 (agosto-septiembre 2020)

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Tratamiento ilícito internacional de datos personales, Reglamento general de protección de datos y derecho internacional privado: cuestiones de competencia judicial internacional y de determinación de la ley aplicable

El flujo internacional de datos personales constituye un sector económico creciente que va adquiriendo gran fuerza comercial para las empresas; frente a la obtención o tratamiento ilícito de la información de naturaleza personal se debe proporcionar a su titular mecanismos de defensa adecuados y efectivos. En este contexto el Reglamento general de protección de datos de la UE ha traído consigo nuevas reglas de competencia judicial internacional, donde el sujeto puede solicitar las correspondientes acciones contra un responsable o encargado de tratamiento de datos ante los tribunales del Estado en el que el responsable tenga un establecimiento, o ante los tribunales del Estado donde el interesado tenga su residencia habitual. La primacía de la legislación de protección de datos se manifiesta en una limitada autonomía de la ley aplicable en una cláusula contractual, cuyas cláusulas pueden estar sujetas a las leyes de otro Estado según el Reglamento Roma I.

Palabras claves: protección de datos; competencia judicial internacional; ley aplicable; responsabilidad extracontractual.

Alfonso Ortega Giménez
Profesor contratado doctor (acreditado a profesor titular)
de Derecho Internacional Privado.
Universidad Miguel Hernández de Elche

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 235-236 (agosto-septiembre 2020)

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Las ventajas del proceso de transformación digital de la justicia

Se analizan las modificaciones que se están introduciendo en la justicia para asumir el reto de la necesaria transformación de la forma de trabajar en la Administración de justicia, que se ha visto provocada por el estado de necesidad creado a raíz de la pandemia por el coronavirus. Necesidad de dar un serio avance en la tecnogolización de la justicia, aprovechando el impulso dado por la necesidad detectada por el encierro de la población y la necesidad creada de utilizar tecnologías.

Palabras claves: Administración de justicia; transformación digital; COVID-19.

Vicente Magro Servet
Magistrado. Sala de lo Penal del Tribunal Supremo
Doctor en Derecho

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 235-236 (agosto-septiembre 2020)

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Estado de alarma y consumidores: desproteger al que se proclama proteger. (Consideraciones respecto al artículo 36.4 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo)

La pandemia de la COVID-19 está condicionando de manera prácticamente integral nuestro devenir cotidiano desde que irrumpió con protagonismo absoluto en nuestras vidas. La respuesta estatal a este desafío para nuestra sociedad, el empleo, la actividad económica… está siendo constante y variable, siempre abrumadora, intentando adaptarse a la propia dinamicidad de la situación crítica en curso. Semejante respuesta se canaliza y vertebra jurídicamente en un batallón de normas de distinto rango, contenido y alcance. Una de ellas tiene por objeto aparente la protección de los consumidores en una modalidad contractual específica: el contrato de viaje combinado; y toma cuerpo mediante el artículo 36.4 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo. Al análisis crítico de esa farragosa norma dedicamos estas reflexiones desde una premisa crucial: ¿verdaderamente el legislador está cumpliendo su obligación de protección al consumidor, máxime considerando la tribulación que estamos atravesando?

Palabras claves: viaje combinado; ley; consumidor; pandemia.

Eduardo Sánchez Álvarez
Doctor en Derecho, profesor asociado de Derecho Civil.
Universidad de Oviedo

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 235-236 (agosto-septiembre 2020)

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Las libertades de expresión e información de los presos (Comentario a la STC 6/2020, de 27 de enero)

Desestimación e impugnación de la resolución de la dirección de un centro penitenciario denegando una petición de entrevista periodística a un recluso.
Vulneración de las libertades de expresión e información ante la denegación constitucionalmente ilícita de entrevista periodística en la que se aduce la eventual afectación a la intimidad de otros reclusos y al crédito profesional de los funcionarios, con su hipotética incidencia en la seguridad y buen orden del centro penitenciario.

Palabras claves: libertades de expresión e información; derechos penitenciarios; reclusos.

Wendy Pena González
Becaria del servicio de doctrina del Tribunal Constitucional
Graduada en Derecho y en Ciencias Políticas y de la Administración
Doctoranda en Estado de derecho y gobernanza global

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 235-236 (agosto-septiembre 2020)

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La revocación de la privación del derecho a voto de las personas con discapacidad. El implacable reconocimiento y avance de un derecho propio de la discapacidad en el ordenamiento jurídico español

Han pasado ya más de 10 años desde la celebración en la ciudad de Nueva York de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual entró en vigor en nuestro ordenamiento jurídico el día 3 de mayo de 20081. Dicha convención ha supuesto un hito en materia de discapacidad y un verdadero tratado en cuanto a derechos sociales y humanos se refiere. A pesar de ello, de la celebración de multitud de congresos, de normativa reciente y promulgada en relación con el ámbito de la discapacidad, de novedosas sentencias judiciales, entre otros acontecimientos, no se han obtenido los ansiados resultados. Sin embargo, es dentro de la esfera del derecho constitucional donde se están produciendo, a día de hoy, grandes avances2 en lo referente al campo de la discapacidad. En el presente trabajo, vamos a analizar uno de estos avances constitucionales, el cual ha quedado reflejado en la supresión de la privación del derecho de sufragio a las personas con discapacidad, privación que suponía una vulneración flagrante de lo recogido en el artículo 29 de la Convención de Nueva York. Es por ello que la Ley 2/2018, de 5 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, ha supuesto una victoria del llamado «derecho de la discapacidad».

Palabras claves: convención de Naciones Unidas; derecho de sufragio; personas con discapacidad.

Sergio Montoyo González
Oficial del Registro de la Propiedad de Madrid
Abogado y doctorando en la Escuela Internacional de Doctorado.
Universidad Rey Juan Carlos

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 234 (julio 2020)

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Gestión del riesgo en el diseño y comercialización masiva de instrumentos financieros con políticas corporativas de gobierno de producto

Las entidades financieras están en continuo desarrollo de sus políticas corporativas con el fin de gestionar y mitigar los riesgos aparejados a la actividad bancaria. Hay múltiples riesgos que subyacen en el ejercicio de esa actividad social, pero uno es especialmente destacable a los efectos de una correcta gobernanza de productos, como es el riesgo regulatorio o legal. La gobernanza de productos es un sistema de control de productos y servicios, basado en el principio de autorregulación normativa, que las entidades financieras tienen que establecer y hacer cumplir internamente con la finalidad de controlar completamente el ciclo de vida de un instrumento financiero: desde su diseño hasta la venta masiva al público destinatario.

Palabras claves: gobierno de producto; banca privada; instrumentos financieros; gestión del riesgo; MiFID.

José Luis Blanco Pérez
Abogado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 234 (julio 2020)

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Protección jurídica del software en España

El presente trabajo trata de sintetizar los mecanismos de protección de los programas de ordenador en España. La preocupación del legislador por la tutela del software se debe a su enorme y creciente valor económico, en un mercado global dominado por las nuevas tecnologías, y a su relativa vulnerabilidad. El análisis se refiere a su regulación especializada en el ámbito de los derechos de autor mediante instrumentos internacionales, comunitarios y la Ley de propiedad intelectual nacional. También aborda la posible protección desde el derecho de propiedad industrial de las invenciones implementadas por ordenador, sin olvidar la potencial protección del software, no como creación de su autor, sino como activo intangible de una empresa, a través de la normativa de secretos empresariales. Partiendo de la definición del software y de algunas notas básicas sobre el mismo (código fuente y código objeto), este artículo aborda las particularidades y limitaciones de la protección del software; principalmente, el agotamiento comunitario y la descompilación. El resultado es una regulación con luces y sombras en algunos aspectos, insuficiente para una protección integral, debido, entre otras cosas, a la naturaleza del software y el valor económico de una idea revolucionaria, frente a los requisitos de expresión y originalidad tradicionales del derecho de autor, así como a la inevitable obsolescencia del lenguaje jurídico frente a la rápida evolución de la tecnología.

Palabras claves: software; protección; copyright; propiedad intelectual.

Marta Irene Gerique Martí
Abogada en Gómez-Acebo & Pombo

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 234 (julio 2020)

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Una aproximación acerca del seguro relativo a la propiedad industrial

En esta contribución se pretende reflexionar y dar a conocer una modalidad asegurativa ilustrada en el seguro de la propiedad industrial, que es muy ignota –por poco tratada– no solo desde la perspectiva de la literatura doctrinal y jurisprudencial, al ser escasos los estudios sobre la temática, sino también descuidada por parte de la práctica –extremo más preocupante–, toda vez que las ventajas que se obtienen de la puesta en marcha de este ramo asegurativo son de especial calado económico y jurídico frente a sus posibles inconvenientes. Sumado a lo precedente, este aporte tiene también como finalidad proporcionar algunos rasgos delimitadores, que nos suscitan varios interrogantes en torno a cómo hemos de actuar a futuro con el empleo de este seguro, y no solo desde la óptica de las leyes de tutela jurídica per se que poseen cada una de las diferentes modalidades de la propiedad industrial, y pensando en si queremos ver amparada la creatividad y la innovación ante posibles conflictos y litigios en contextos, particularmente, internacionales, cada vez más cambiantes, digitalizados y globalizados. .

Palabras claves: seguro; propiedad industrial; economía digital; comercio electrónico.

María Isabel Candelario Macías
Profesora titular de Derecho Mercantil.
Universidad Carlos III de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 234 (julio 2020)

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